El depósito de una cantidad inferior a la que debió ser consignada por el empresario, a los efectos del art. 56.2 ET, no es calificada como error relevante en el caso examinado
20/05/2010
La sentencia recurrida absolvió a la empresa demandada del pago de los salarios de tramitación a los que había sido condenada en la sentencia de instancia, por entender que la empresa, en virtud del art. 56.2 ET, debió quedar exenta del mismo, al haber reconocido la improcedencia del despido y haber realizado la pertinente consignación antes de transcurrir 48 horas. Aduce la trabajadora recurrente que no debió calificarse de error excusable la diferencia de 80.90 euros que el demandado dejó de depositar, ya que la categoría profesional que debía serle asignada era controvertida, puesto que el hecho probado relativo a las tareas efectuadas por ella actora se muestra rotundo en cuanto a la categoría reconocida a la misma. Constata la Sala, confirmando la sentencia impugnada, que fue la actora en el proceso de despido incoado la que, por primera vez, planteó que su categoría profesional no era la que constaba en el contrato -técnico de administración- sino la de responsable de administración y selección, habiéndole reconocido la sentencia de instancia, confirmada por el TSJ, la de jefe superior, y derivando de dicho reconocimiento las diferencias en el importe de la indemnización; diferencia que, por otra parte no puede calificarse como relevante. En consecuencia el error se considera excusable y la consignación efectuada ha de producir todos sus efectos.
Usted no está suscrito a nuestro diario de noticias
Sólo los suscriptores pueden acceder al contenido completo del Diario.
Por favor, acceda con sus datos de usuario.
Si está interesado en acceder a este servicio durante un mes de forma totalmente gratuita sólo tiene que cumplimentar el formulario que figura a continuación:
Puede obtener mayor información a través del correo electrónico diario.derecho.municipalportalderecho.com o llamando al teléfono 91 548 82 81.
DIARIO DEL DERECHO MUNICIPAL
Nuestro Diario del Derecho Municipal pretende tenerle al día, de forma ágil y cómoda, de las novedades que se producen en el mundo jurídico en general y en el ámbito del régimen local en particular. Así, a través del Diario puede:
- Acceder a noticias de actualidad,
- Conocer las novedades legislativas y resoluciones judiciales de interés,
- Disponer de una agenda de eventos académicos relacionados con el Derecho,
- Informarse de la convocatoria de procesos selectivos en el ámbito local, y
- Consultar una base legislativa especializada en la materia.
Además, el Diario del Derecho Municipal ofrece:
- El acceso a la base legislativa general de Iustel, que integra, siempre a texto vigente, todo el Derecho positivo necesario para cualquier operador jurídico, debidamente sistematizado, comentado y vinculado con la jurisprudencia y la doctrina relacionada.
- La publicación de artículos especializados, sobre las distintas instituciones del Derecho local, con especial atención a las a las particularidades autonómicas, habiéndose constituido al efecto un equipo compuesto por profesores de distintas Universidades,
- La incorporación de un servicio de asesoramiento jurídico, a cargo de administrativistas establecidos en todas las Comunidades Autónomas, que permitirá la resolución personalizada de cuestiones de especial complejidad sobre régimen local, y que vendrá acompañado de un listado de FAQ’s o preguntas frecuentes de consulta general en la materia (En preparación),
- La inclusión de un apartado dedicado a difundir ordenanzas locales de especial relevancia, sobre todas las materias de competencia municipal, y
- La posibilidad de seleccionar los contenidos que se quieren recibir a través de la newsletter del Diario.