La operación consistente en abonar a los arrendatarios de determinados locales de negocio, una cantidad en concepto de indemnización por la renuncia de aquéllos a su derecho de prórroga del arrendamiento y poder celebrar un nuevo contrato con el arrendador, no puede configurarse como un traspaso de local de negocios
23/03/2010
Accede la Sala a la pretensión de la entidad bancaria actora y declara su derecho a la devolución de la cantidad pagada por el Impuesto de Sociedades, al ser deducibles los importes satisfechos por la misma a los arrendamientos de locales como compensación por la renuncia de sus derechos de arrendamiento para poder celebrar nuevos contratos con los propietarios de la instalación de oficinas bancarias. Declara el Tribunal que la operación realizada no puede configurarse como un traspaso de local de negocios, al no concurrir en él los requisitos señalados en el art. 32 de la Ley de Arrendamiento Urbanos de 1964, vigente en aquel momento, especialmente el relativo a la dedicación del local al mismo negocio al que venía ejerciendo el arrendatario, como así lo ha declarado la jurisprudencia. Se está en el supuesto contemplado en el art. 65.1 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, que considera como inmovilizado inmaterial "los elementos patrimoniales intangibles, constituidos por bienes y derechos susceptibles de valoración económica, adquiridos mediante contraprestación y que se contabilicen como tales en el activo del balance".
Usted no está suscrito a nuestro diario de noticias
Sólo los suscriptores pueden acceder al contenido completo del Diario.
Por favor, acceda con sus datos de usuario.
Si está interesado en acceder a este servicio durante un mes de forma totalmente gratuita sólo tiene que cumplimentar el formulario que figura a continuación:
Puede obtener mayor información a través del correo electrónico diario.derecho.municipalportalderecho.com o llamando al teléfono 91 548 82 81.
DIARIO DEL DERECHO MUNICIPAL
Nuestro Diario del Derecho Municipal pretende tenerle al día, de forma ágil y cómoda, de las novedades que se producen en el mundo jurídico en general y en el ámbito del régimen local en particular. Así, a través del Diario puede:
- Acceder a noticias de actualidad,
- Conocer las novedades legislativas y resoluciones judiciales de interés,
- Disponer de una agenda de eventos académicos relacionados con el Derecho,
- Informarse de la convocatoria de procesos selectivos en el ámbito local, y
- Consultar una base legislativa especializada en la materia.
Además, el Diario del Derecho Municipal ofrece:
- El acceso a la base legislativa general de Iustel, que integra, siempre a texto vigente, todo el Derecho positivo necesario para cualquier operador jurídico, debidamente sistematizado, comentado y vinculado con la jurisprudencia y la doctrina relacionada.
- La publicación de artículos especializados, sobre las distintas instituciones del Derecho local, con especial atención a las a las particularidades autonómicas, habiéndose constituido al efecto un equipo compuesto por profesores de distintas Universidades,
- La incorporación de un servicio de asesoramiento jurídico, a cargo de administrativistas establecidos en todas las Comunidades Autónomas, que permitirá la resolución personalizada de cuestiones de especial complejidad sobre régimen local, y que vendrá acompañado de un listado de FAQ’s o preguntas frecuentes de consulta general en la materia (En preparación),
- La inclusión de un apartado dedicado a difundir ordenanzas locales de especial relevancia, sobre todas las materias de competencia municipal, y
- La posibilidad de seleccionar los contenidos que se quieren recibir a través de la newsletter del Diario.