Nulidad de la Revisión del Plan Parcial Insular de Ordenación de Lanzarote, por faltar el necesario Estudio Económico Financiero
23/02/2010
Confirma el Tribunal Supremo la sentencia que anuló la Revisión del Plan Parcial Insular de Ordenación de Lanzarote, por faltar el Estudio Económico Financiero (EEF), documento exigido legalmente para todos los planes. La Sala, remitiéndose a reciente sentencia, declara que el Plan reduce la oferta turística a la hotelera, revisa la distribución parcial de las eficabilidades previstas en los planes parciales, modifica la programación de plazas turísticas, que también limita, declara incompatibles con la nueva ordenación las licencias ya otorgadas y que excedan de las asignadas en el Plan Insular y prohíbe el otorgamiento de nuevas licencias que excedan del 25% de la capacidad alojativa. Al respecto señala el Tribunal que se está en presencia de conceptos indemnizables ínsitos en el Plan, cuya evaluación económica y fuentes de financiación debían especificarse en el EEF. Concluye que no existe duda de la legítima finalidad de la actuación de las Administraciones canarias, pero, añade, las competencias han de ser ejercidas de la forma que el ordenamiento urbanístico prescribe, y, en este caso, la ausencia del EEF ha viciado de nulidad al Plan Insular impugnado.
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