STS de 13.10.09 (Rec. 171/2006; S. 1.ª). Derechos fundamentales y libertades públicas. Otros derechos y libertades//Responsabilidad extracontractual. Indemnización de daños y perjuicios
02/02/2010
El debate aquí planteado se centra en determinar si la expulsión de un menor del centro escolar al que acude supone la vulneración del derecho a la educación, tratándose aquél de un centro privado. El derecho fundamental invocado, art. 27 CE, engloba entre otros aspectos el derecho de los padres de elección de centro docente, respecto a ello, se debe tener presente, por un lado, el dato de que una de las cortapisas de esa facultad paterna de elección de centro, es la derivada de la propia opción realizada -STC 51/1981-, y por otro, que es un deber básico del alumnado, en aras al pacífico disfrute del derecho a la instrucción del conjunto del mismo, además del estudio, el respecto a las normas de convivencia dentro del centro docente; normas cuyo establecimiento se confía a la autonomía de los centros privados, dado que el derecho reconocido en el art. 27 CE conlleva el derecho a la dirección de los centros creados libremente. El TS constata, partiendo de lo anterior, que el procedimiento establecido en el reglamento interno del centro fue respetado, sin que la medida adoptada resultase arbitraria. En consecuencia, es desestimado el recurso interpuesto por los padres del menor expulsado.
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