STS de 19.10.09 (Rec. 52/2009; S. 5.ª). Delitos. Abandono de destino o residencia//Circunstancias modificativas de la responsabilidad. Eximentes//Circunstancias modificativas de la responsabilidad. Estado de necesidad
26/01/2010
El TS absuelve al condenado en instancia por el delito de abandono de destino del que había sido acusado, al entender que concurre la circunstancia eximente incompleta de estado de necesidad del número 5 del art. 20 CP. En el caso examinado, el mal sufrido por el acusado, que es ajeno, se concreta en la grave enfermedad de la madre y la minusvalía síquica del hermano, acompañado, por un lado, del hecho del fallecimiento del padre, con la consiguiente desaparición de la persona que cuidaba de la familia y penuria económica en que aquéllos quedan -con unos ingresos de 393 euros mensuales, importe éste de la pensión de viudedad otorgada-, y de otro del embarazo de la novia, quien, como consecuencia del mismo, ya no podía ayudar como antes a los familiares del recurrente. Respecto a la consideración sobre la concurrencia de los demás requisitos exigidos en el precepto mencionado, la Sala incide, especialmente, en el negado en instancia, consistente en que el “el necesitado no tenga, por su oficio o cargo, obligación de sacrificarse”. Sobre este particular, declara que no basta con afirmar la existencia de ese deber de sacrificarse, sino que ha de reportar una utilidad de entidad tal, que el hecho de soportar ese mal se justifique en esa utilidad; por lo que, en consecuencia, exigir al recurrente ese sacrificio supondría imponerle el contemplar, sin posibilidad lícita de actuar personalmente, el deterioro de toda clase de sus familiares. Emitidos votos particulares por el Excmo. Sr. Magistrado D. Francisco Menchen Herreros y por el Excmo. Sr. Magistrado D. Ángel Calderón Cerezo.
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