Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 26/04/2017
 
 

Directiva de protección de los intereses financieros de la UE

Los 28 aprueban nuevas normas para perseguir y sancionar el fraude y blanqueo de recursos europeos

26/04/2017
Compartir: 

Los Veintiocho han dado este martes luz verde a las nuevas normas para proteger penalmente los fondos europeos y "mejorar la persecución y sanción" de delitos como el fraude, la corrupción o blanqueo de capitales que afecte a recursos comunitarios.

BRUSELAS, 25 Abr. (EUROPA PRESS) -

La directiva de protección de los intereses financieros de la UE (PIF, por sus siglas en inglés) servirá también para facilitar la recuperación de los fondos europeos gastados de manera irregular.

Además, será una parte "esencial" del marco legal que se aplicará a la futura Fiscalía europea que prevén poner en marcha varios Estados miembros, entre ellos España, mediante la cooperación reforzada que permite avanzar a un grupo de países de la UE aunque no se sume el bloque entero.

La aplicación de normas comunes, que requieren aún el visto bueno formal del Parlamento Europeo para su aplicación, ofrecerá una base común para la investigación y persecución de delitos en el conjunto de la UE.

"La protección del presupuesto europeo es clave para asegurar el mejor y más eficiente uso del dinero de los contribuyentes", ha subrayado en un comunicado el ministro de Justicia maltés y presidente de turno de la UE, Owen Bonnici, tras la adopción de las nuevas normas.

La normativa comunitario ofrece "definiciones comunes" de los delitos, reglas armonizadas para perseguirlos y unas "sanciones mínimas comunes", con penas de cárcel para los delitos más graves.

El objetivo es luchar contra el fraude, la corrupción "activa o pasiva", la malversación de fondos y el lavado de dinero que afecte a los intereses de la UE.

También fija normas mínimas para los periodos de prescripción y los plazos en los que un caso debe ser investigado y juzgado.

Una vez que la Eurocámara dé su visto bueno formal y la directiva sea publicada en el Diario Oficial de la UE, los Estados miembros tendrán un plazo de 24 meses para trasladar las reglas a su legislación nacional.

Sin embargo, Dinamarca y Reino Unido no aplicarán estas reglas porque así se lo permiten las condiciones de su membresía en la UE, mientras que Irlanda, que podría también quedar eximida, ha notificado que sí desea tomar parte.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana