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  • EDICIÓN DE 17/03/2016
 
 

Subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal

17/03/2016
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Orden de 8 de marzo de 2016, por la que se realiza la declaración de créditos disponibles y su distribución territorial correspondiente a los ejercicios 2014 y 2015, relativos a la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs) (BOJA de 16 de marzo de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 8 DE MARZO DE 2016, POR LA QUE SE REALIZA LA DECLARACIÓN DE CRÉDITOS DISPONIBLES Y SU DISTRIBUCIÓN TERRITORIAL CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS 2014 Y 2015, RELATIVOS A LA ORDEN DE 2 DE DICIEMBRE DE 2011, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRIGIDAS A LA MEJORA DE LA SANIDAD VEGETAL MEDIANTE LA APLICACIÓN DE TÉCNICAS DE CONTROL INTEGRADO A TRAVÉS DE LAS AGRUPACIONES PARA TRATAMIENTOS INTEGRADOS EN AGRICULTURA (ATRIAS).

Mediante Orden de 2 de diciembre de 2011, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs).

Por otra parte, mediante Resolución de 26 de diciembre de 2013, de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera, se convocaron para el año 2014 las ayudas previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2011, señalando en el punto 2 de su apartado quinto qué, en virtud de lo previsto en el artículo 5.5 de la Orden antes citada, en caso de aumento del crédito inicial disponible o cuantía máxima destinada a la línea de ayuda, se podrían atender aquellas solicitudes qué, aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento de dicho crédito.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el apartado 2.d). del Cuadro resumen de las bases reguladoras de la Orden de 2 de diciembre de 2011, en el cual se determina la existencia de varios ámbitos territoriales de concurrencia competitiva, se procedía a realizar la declaración de distribución de los créditos entre los distintos ámbitos de concurrencia, mediante Resolución de 1 de julio de 2014 (BOJA núm. 142, de 23 de julio).

Realizada la distribución de créditos correspondientes a la convocatoria 2014, tuvo lugar un aumento sobrevenido del crédito inicial disponible para la concesión de las ayudas previstas en la precitada Orden, a partir de la incorporación de remanentes de crédito, lo cual venía a posibilitar el dictado de una resolución complementaria de la concesión sobre la base del artículo 5.5 anteriormente aludido.

No obstante lo anterior, y como consecuencia del cierre anticipado del ejercicio presupuestario 2014 en cuanto a la adquisición de nuevos compromisos, se hizo imposible hacer uso de los indicados créditos por la Delegación Territorial de Málaga.

En cuanto al ejercicio 2015, en virtud de la Orden de 9 de marzo de 2015 se convocaron para el mencionado año las ayudas previstas en la Orden de 2 de diciembre de 2001, modificada por Orden de 30 de diciembre de 2014, que establecía, entre otras estipulaciones, qué el nuevo ámbito territorial y/o funcional de competitividad sería la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Igualmente, por el cierre del ejercicio presupuestario 2015, quedó pendiente de resolver la propuesta provisional de resolución de la Delegación Territorial de Sevilla.

Procede por tanto, en este momento, realizar la declaración de créditos disponibles y su distribución territorial a efectos de poder ejecutar las cuantías pendientes de los ejercicios 2014 y 2015, teniendo en cuenta, para ello, las disponibilidades presupuestarias para el ejercicio 2016.

De acuerdo con lo anterior,

RESUELVO

Primero. Las ayudas se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, en particular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, provenientes de los créditos disponibles de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

Segundo. Aprobar la distribución de créditos disponibles declarados en el apartado anterior entre los distintos ámbitos territoriales establecidos en el apartado 2.d). del Cuadro Resumen de la Orden de 2 de diciembre de 2011, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones dirigidas a la mejora de la Sanidad Vegetal mediante la aplicación de técnicas de Control Integrado a través de las Agrupaciones para Tratamientos Integrados en Agricultura (ATRIAs), y su modificación posterior operada mediante Orden de 30 de diciembre de 2014, de la siguiente manera:

Tabla omitida.

Tercero. Los importes arriba señalados se imputarán con cargo a los créditos disponibles para el ejercicio 2016.

Cuarto. Esta declaración de disponibilidad del crédito y la distribución anteriormente señalada, no implica la apertura de un nuevo plazo para presentar solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.

Quinto. La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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