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Enseñanzas artísticas superiores de música, de diseño y de conservación y restauración de bienes culturales

08/03/2016
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Orden ECD/130/2016, de 22 de febrero, por la que se modifica la Orden de 1 de septiembre de 2014, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se establece la evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de las enseñanzas artísticas superiores de música, de diseño y de conservación y restauración de bienes culturales (BOA de 7 de marzo de 2016). Texto completo.

ORDEN ECD/130/2016, DE 22 DE FEBRERO, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE 1 DE SEPTIEMBRE DE 2014, DE LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDAD, CULTURA Y DEPORTE, POR LA QUE SE ESTABLECE LA EVALUACIÓN DEL PROCESO DE APRENDIZAJE DEL ALUMNADO DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES DE MÚSICA, DE DISEÑO Y DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE BIENES CULTURALES.

La Orden de 1 de septiembre de 2014, establece la normativa general sobre el proceso de aprendizaje de los alumnos que cursan enseñanzas artísticas superiores y los documentos oficiales de evaluación en los que debe quedar recogida la información referida a este proceso de aprendizaje.

En el artículo 13 se contemplan las actas de calificación determinando cual es su contenido y el modelo con el que deben ser cumplimentadas

Con la finalidad de facilitar la elaboración de las actas de calificación en lo que se refiere a las enseñanzas artísticas superiores de música se ha considerado conveniente incorporar algunas adaptaciones de su formato.

A propuesta de la Dirección General de Planificación y Formación Profesional y de conformidad con el Decreto 314/2015, de 15 de diciembre Vínculo a legislación por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Educación, Cultura y Deporte, dispongo:

Artículo único.

El artículo 13 de la Orden de 1 de septiembre de 2014, queda redactado:

"Artículo 13. Acta de calificación.

El acta de calificación incluirá la identificación del centro docente, la especialidad y, en su caso, itinerario, el curso, la asignatura que se califica, la convocatoria, la lista nominal del alumnado de la asignatura ordenada alfabéticamente y la calificación otorgada. Dicha acta será firmada por el profesorado que otorgue la calificación.

Las actas de calificación en las enseñanzas artísticas superiores de Diseño y de Conservación y Restauración de Bienes Culturales se ajustarán al modelo y características que se determinan en el anexo II.

Las actas de calificación en las enseñanzas artísticas superiores de Música se ajustarán al modelo y características que se determinan en el anexo II-A".

Disposición adicional única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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