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Registro E-PRTR

22/01/2016
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Orden DRS/8/2016, de 7 de enero, por la que se regula el procedimiento de suministro de información de emisiones y transferencias de contaminantes para el registro E-PRTR (Registro Europeo de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) en la Comunidad Autónoma de Aragón (BOA de 21 de enero de 2016). Texto completo.

ORDEN DRS/8/2016, DE 7 DE ENERO, POR LA QUE SE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE SUMINISTRO DE INFORMACIÓN DE EMISIONES Y TRANSFERENCIAS DE CONTAMINANTES PARA EL REGISTRO E-PRTR (REGISTRO EUROPEO DE EMISIONES Y TRANSFERENCIA DE CONTAMINANTES) EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN.

El artículo 75.3 del Estatuto de Aragón aprobado mediante la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril Vínculo a legislación, otorga competencia compartida a la Comunidad Autónoma de Aragón sobre la protección del medio ambiente y competencia exclusiva relativa al procedimiento administrativo derivado de las especialidades de la organización propia, prevista en el artículo 71.7.

El Reglamento (CE) n.º 166/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de enero de 2006, preveía el establecimiento de un registro europeo de emisiones y transferencias de contaminantes. En España el Real Decreto 508/2007, de 20 de abril Vínculo a legislación, reguló el suministro de información sobre emisiones del Reglamento E-PRTR y de las Autorizaciones Ambientales Integradas, especificando en el mismo cuáles son las categorías de actividades industriales afectadas por el registro E-PRTR, la lista de sustancias a notificar, la información a declarar por parte de los complejos industriales, así como los datos de emisiones y, el reparto de competencias entre la Administración General del Estado y las Administraciones autonómicas. En concreto en su artículo 1 establece que es de aplicación a la información procedente de las actividades industriales contenidas en su anexo I, y deberá ser suministrada a través de los medios y técnicas informáticas o telemáticas que al efecto determinen las Administraciones Públicas competentes. En consecuencia, corresponde al Gobierno de Aragón determinar cuáles serán los medios y técnicas a que hace referencia el citado Real Decreto.

Teniendo en cuenta este marco jurídico se dictó la Orden de 18 de diciembre Vínculo a legislación de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el modelo normalizado para la notificación del Registro E-PRTR en la Comunidad Autónoma de Aragón. Debido a la modificación del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril Vínculo a legislación, mediante el Real decreto 815/2013, de 18 de octubre Vínculo a legislación, el sistema previsto hasta ahora para la notificación de las emisiones al Registro E-PRTR debe experimentar algunas modificaciones, optando por la utilización de la herramienta PRTR España, sin que ello suponga ningún menoscabo en las competencias de la Comunidad Autónoma, manteniéndose su condición de autoridad competente. Asimismo con la nueva regulación también se modifica el plazo de notificación por parte de las empresas afectadas.

El Decreto 317/2015, de 15 de diciembre Vínculo a legislación, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad, asigna al mismo las competencias en materia de medio ambiente.

En atención al carácter estrictamente procedimental del contenido de esta orden, la misma se dicta por el Consejero competente en materia de medio ambiente, conforme a lo indicado en el artículo 43.2 Vínculo a legislación de la Ley 2/2009, de 11 de mayo, del Presidente y del Gobierno de Aragón, que reconoce a los consejeros la potestad reglamentaria de orden interno en las materias de su competencia, aprobando para ello las ordenes de carácter reglamentario correspondientes.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1. Objeto.

El objeto de la presente orden es establecer que la comunicación de la información que se debe suministrar al registro E-PRTR se realizará según el modelo normalizado PRTR-España

Artículo 2. Notificaciones.

a) Los titulares de las actividades incluidas en el anexo I del Real Decreto 508/2007, de 20 de abril Vínculo a legislación, modificado por el Real Decreto 815/2013, de 18 de octubre Vínculo a legislación, remitirán la información del registro E-PRTR a la autoridad competente, Dirección General de Sostenibilidad, a través de los medios y técnicas telemáticas establecidas al efecto vía Internet, a través de la página web de PRTR España.

b) También podrán acceder a estos medios telemáticos a través de la web del Gobierno de Aragón, accediendo al Catálogo de procedimientos administrativos y servicios a través de la Oficina Virtual de Trámites.

Artículo 3. Plazo para las notificaciones.

El plazo para la notificación por parte de los complejos industriales afectados será del 1 de enero al 31 de marzo del año posterior a aquél al cuál estén referidos los datos correspondientes.

Artículo 4. Aplicación del nuevo sistema de notificaciones.

La presente orden será de aplicación a las comunicaciones de información referidas al ejercicio 2015 y sucesivos.

Disposición derogatoria única.

Queda derogada la Orden de 18 de diciembre Vínculo a legislación de 2007, del Departamento de Medio Ambiente, por la que se aprueba el modelo normalizado para la notificación del registro E-PRTR (Registro Europeo de Emisiones y Transferencia de Contaminantes) en la Comunidad Autónoma de Aragón - ("Boletín Oficial de Aragón", número 4, de 11 de enero de 2008).

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

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