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Curso Selectivo de Formación para el personal bombero de nuevo acceso a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento

04/01/2016
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Decreto 22/2015, de 22 de diciembre, del president de la Generalitat, por el que se regula el Curso Selectivo de Formación para el personal bombero de nuevo acceso a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana (DOCV de 31 de diciembre de 2015) Texto completo.

DECRETO 22/2015, DE 22 DE DICIEMBRE, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE SE REGULA EL CURSO SELECTIVO DE FORMACIÓN PARA EL PERSONAL BOMBERO DE NUEVO ACCESO A LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y SALVAMENTO DE LA COMUNITAT VALENCIANA

Preámbulo

El Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana atribuye a la Generalitat, en su artículo 49.3.14.ª, la competencia exclusiva en materia de protección civil y seguridad pública.

En el ejercicio de tales competencias se aprobó la Ley 13/2010, de 23 de noviembre Vínculo a legislación, de la Generalitat, de Protección Civil y Gestión de Emergencias, y la Ley 7/2011, de 1 de abril Vínculo a legislación, de la Generalitat, de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana, cuyo objeto es, de conformidad con su artículo 1, la ordenación general de los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento (en adelante SPEIS), en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, así como el establecimiento de los criterios básicos para la coordinación de la actuación de los mismos, y regulación de la estructura y el régimen de funcionamiento de aquellos servicios dependientes de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana.

La Ley 13/2010, en su artículo 32, establece que el personal de los SPEIS pertenece a los servicios esenciales de intervención.

Asimismo, en su artículo 69.1, establece que al Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias, IVASPE, le corresponde la competencia en la organización e impartición de los cursos de formación básica de nuevo ingreso y de ascenso o promoción, de los servicios esenciales de intervención.

La Ley 7/2011, en su artículo 28, establece que el contenido de los cursos selectivos eliminatorios que deben efectuarse superadas las fases de oposición, o concurso-oposición para las diferentes escalas y categorías, se determinarán reglamentariamente.

Por ello, de conformidad con el artículo 29.1 del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, el artículo 34 Vínculo a legislación de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y el Decreto 151/2015, de 18 de septiembre Vínculo a legislación, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Presidencia de la Generalitat, previo informe de la Comisión de Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunitat Valenciana y de la Abogacía de la Generalitat, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana,

DECRETO

Artículo 1. Curso Selectivo de Formación para Bomberos.

1. El presente decreto regula el Curso Selectivo de Formación para los aspirantes a bomberos (en adelante CSFB).

2. El CSFB, tal y como se indica en el artículo 28 de la Ley 7/2011, se efectuará por los aspirantes a bombero, una vez superadas las fases de oposición, o concurso-oposición y será organizado, programado y evaluado por el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (en adelante IVASPE).

3. En aquellos casos en que algunos aspirantes hayan recibido cursos de formación del IVASPE o impartidos por los Servicios y homologados por este, relacionados con el temario que se adjunta en el Anexo del presente decreto, los Servicios podrán solicitar al IVASPE la convalidación de los módulos formativos correspondientes, si dicha formación se ha recibido en un periodo no superior a los cinco años previos a la solicitud de convalidación o si se ha recibido con anterioridad, pero el aspirante ha estado en activo en el Servicio durante esos cinco años.

Artículo 2. Fases y duración del CSFB.

1. El CSFB consta de dos fases: una primera fase de formación que se desarrollará en el IVASPE y a continuación, una segunda fase de prácticas que se llevará a cabo en los respectivos SPEIS.

2. Cada una de estas fases tendrá una duración de 250 horas.

Artículo 3. Contenido de las fases del CSFB.

1. La primera fase del CSFB tendrá el contenido teórico-práctico que se describe en el anexo. Se impartirá y evaluará por el IVASPE. Esta fase, con predominio de contenido teórico, complementará su contenido práctico con el de la segunda fase a impartir por los respectivos Servicios.

2. La segunda fase del CSFB consistirá en un periodo de prácticas a desarrollar en los parques e instalaciones de los respectivos Servicios a los que pertenezcan los alumnos. El contenido de esta fase se elaborará y consensuará entre los seis SPEIS y el IVASPE.

3. Los SPEIS una vez finalizada la fase de prácticas, deberán remitir al IVASPE los certificados correspondientes que acrediten los alumnos que hayan superado, en su caso, las actividades formativas programadas.

4. Los Servicios a los que pertenezcan los alumnos deberán facilitar a los mismos el vestuario y los equipos de protección necesarios para el desarrollo de las actividades formativas, así como, prestar colaboración al IVASPE y facilitar, en la medida de lo posible, el material, equipamiento, herramientas, etc., que deba utilizarse en las labores formativas de la primera fase del CSFB.

Artículo 4. Calificación.

1. Las dos fases formativas tendrán carácter eliminatorio. La calificación final del CSFB corresponderá al IVASPE.

2. La evaluación se realizará en base a criterios objetivos, que tendrán en cuenta entre otros, los siguientes extremos: asimilación de los conocimientos impartidos, responsabilidad, dedicación, actitudes frente al profesorado y resto de alumnos y cuantos aspectos de la actuación del aspirante sean necesarios para valorar su capacidad para una adecuada prestación de las funciones atribuidas al puesto.

3. Los aspirantes que no superen la primera fase del CSFB no pasarán a realizar la segunda fase de prácticas. Podrán incorporarse a la edición del CSFB inmediatamente posterior y de no superar este segundo CSFB, quedarán definitivamente decaídos en su derecho a participar en el proceso de selección instado.

4. Los aspirantes que, superada la primera fase, no superen la segunda fase de prácticas del CSFB, podrán incorporarse a la fase de prácticas de la edición del CSFB inmediatamente posterior y de no superar este segundo CSFB, quedarán definitivamente decaídos en su derecho a participar en el proceso de selección instado.

Artículo 5. Funcionarios en prácticas.

1. Durante el periodo que duren las dos fases del CSFB, los bomberos tendrán la consideración de funcionarios en prácticas.

2. El personal funcionario en prácticas percibirá las retribuciones previstas en el artículo 80 Vínculo a legislación de la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la función pública valenciana.

Artículo 6. Nombramiento como funcionarios de carrera.

Finalizado el CSFB, el IVASPE comunicará al SPEIS correspondiente la relación de aspirantes que lo hayan superado, con indicación de la calificación obtenida, a los efectos de su nombramiento como funcionario de carrera. Igualmente comunicará la relación de aspirantes que no hayan superado el citado CSFB.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Única. Regla de no gasto.

La implementación y posterior desarrollo de este decreto no podrá tener ninguna incidencia en la dotación de ninguno de los capítulos de gasto asignados a la Presidencia y, en todo caso, los gastos del Curso deberán atenderse con los medios personales y materiales del departamento competente en la materia.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO

Temario del Curso Selectivo de Formación para el personal bombero de nuevo acceso

1. Operaciones de extinción de incendios y salvamento. (100 horas)

a) Principios de la lucha contra incendios: Conceptos básicos del fuego. Teoría del fuego. Procesos de combustión en un incendio. Principios de Extinción de incendios. Agentes de Extinción. (10 horas)

b) Incendios en Interiores: Desarrollo de incendios en interiores.

Técnicas de extinción. Procedimientos de intervención en recintos cerrados. Ventilación operativa de incendios. (25 horas)

c) Incendios forestales: Fuego de vegetación. Factores de propagación.

Extinción de Incendios forestales. Tácticas de extinción. Seguridad en la intervención. (25 horas)

d) Equipos e instalaciones de prevención de incendios en edificios:

Diseño seguro de los edificios. Instalaciones de protección contra incendios.

Prevención activa. (10 horas)

e) Rescate en accidentes de tráfico: Equipos de intervención. Estructuras y componentes de los vehículos. Técnicas de excarcelación. (20 horas)

f) Rescate en altura: Seguridad. Procedimientos. Equipo, material e instalaciones. (5 horas)

g) Rescate acuático: Seguridad. Técnicas de nado y arrastre. Equipo y materiales. (5 horas)

2. Otras intervenciones. Riesgos Naturales y antrópicos (80 horas)

a) Riesgos Naturales: Principales riesgos naturales. Meteoalerta.

(5 horas)

b) Riesgos en accidentes con materias peligrosas: Clasificación.

Identificación y riesgos asociados a las MM.PP. Conceptos básicos de física y química relacionados con las MM.PP. Equipos de protección personal y niveles de protección. Descontaminación. Pautas de intervención.

(20 horas)

c) Redes de distribución e instalaciones: Redes eléctricas. Redes de distribución de Gas. Ascensores. (15 horas)

d) Principios de construcción y estabilización de estructuras: Fundamentos.

Comportamiento ante el fuego de los edificios. Identificación de las lesiones y actuaciones a desarrollar. Desescombro y salvamento.

(20 horas)

e) Urgencias sanitarias: Primeros auxilios. (20 horas)

3. Uso de recursos operativos (50 horas)

a) Equipos de protección respiratoria: Fisiología de la respiración.

Toxicidad en incendios y riesgos respiratorios. Clasificación de los equipos.

Cálculo del consumo de aire. Técnicas y procedimientos. (10 horas)

b) Medios de extinción: Operaciones e instalaciones con mangueras:

Lanzas, mangueras, racores. Instalaciones con mangueras. (7 horas)

c) Bombas e Hidráulica básica: conceptos físicos, hidrostática e hidrodinámica. Presión en instalaciones. Bombas. Aditivos. (7 horas)

d) Vehículos de los SPEIS y conducción segura: Normativa. Tipos de vehículos. Características. Mecánica y mantenimiento. Conducción Segura. (10 horas)

e) Equipos de Salvamento. (8 horas)

f) Comunicaciones. (6 horas)

4. Organización y gestión de emergencias. Prevención de Riesgos Laborales (20 horas)

a) Sistema de Gestión de Emergencias de la Generalitat. (5 horas)

b) Los planes de emergencia en la Comunitat Valenciana. (10 horas)

c) Prevención de Riesgos Laborales. Responsabilidad del empleado público (7 horas)

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