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Instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis

28/12/2015
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Resolución de 14 de diciembre de 2015, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA de 24 de diciembre de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 14 DE DICIEMBRE DE 2015, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE AYUDAS DIRECTAS Y DE MERCADOS, POR LA QUE SE APRUEBA Y SE DA PUBLICIDAD A LAS INSTRUCCIONES DICTADAS PARA LA AUTORIZACIÓN Y VALIDACIÓN DE LAS MEDIDAS EXCEPCIONALES DE GESTIÓN DE CRISIS ESTABLECIDAS POR EL REGLAMENTO DELEGADO (UE) NÚM. 1031/2014 EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA

Con fecha 30 de septiembre de 2014 se publicó el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 de la Comisión, de 29 de septiembre de 2014, que estableció, con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas estableciéndose límites cuantitativos para cada país y para cada uno de los 4 grupos de productos, incluidos en el reglamento.

Las ayudas contempladas en el mencionado reglamento se referían a actividades llevadas a cabo en el período comprendido desde el 30 de septiembre de 2014 hasta la fecha en que se hayan agotado en cada Estado miembro las cantidades asignadas de cada producto o grupo de ellos o hasta el 31 de diciembre de 2014, si esta fecha es anterior.

Con fecha 1 de octubre de 2014 se dictaron por la Dirección General de Fondos Agrarios instrucciones provisionales para hacer posible la presentación por parte de los posibles interesados de las notificaciones de las operaciones de gestión de crisis necesarias, en espera de que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente (MAGRAMA) adoptara las decisiones correspondientes en esta materia.

Posteriormente se publicó la Circular núm. 21 del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), mediante la cual se establecieron normas de coordinación para la gestión, control y pago de las nuevas medidas excepcionales establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 para el sector de las frutas y hortalizas.

La mencionada circular desarrollaba los mecanismos de gestión de los cupos asignados a España para cada uno de los grupos de productos establecidos mediante el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014, determinaba la posibilidad de que los agricultores individuales puedan presentar notificaciones directamente sin la necesidad de celebrar contrato con una organización de productores y establecía los distintos tipos de operaciones que podían realizarse al amparo del mencionado reglamento.

Con fecha 20 de octubre de 2014, por parte de la Dirección General de Fondos Agrarios, se dictaron las instrucciones definitivas, mediante la publicación en el BOJA núm. 213, de 31 de octubre, de la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Con fecha 20 de diciembre de 2014, la Comisión Europea publicó el Reglamento Delegado (UE) núm. 1371/2014 de la Comisión de 19 de diciembre de 2014, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 que establece, con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas.

Por todo ello, resultó necesario modificar la Resolución de la Dirección General de Fondos Agrarios de 20 de octubre de 2014, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para adaptarla a lo establecido en el nuevo Reglamento Delegado (UE) núm. 1371/2014. Por este motivo, la Dirección General de Fondos Agrarios dictó la Resolución de 30 de diciembre Vínculo a legislación de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se modifica la Resolución de 20 de octubre Vínculo a legislación de 2014, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que fue publicada en el BOJA núm. 8, de 14 de enero de 2015.

En la Resolución de 30 de diciembre de 2014, por error no se modificaron las referencias al año del programa operativo que debían haberse actualizado a la anualidad 2015, dado que el nuevo periodo de ejecución de las operaciones sería desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2015.

Con esta misma fecha, el FEGA publicó la 3.ª modificación de la Circular 21/2014, por la publicación del Reglamento Delegado (UE) núm. 1371/2014, en la que además de la inclusión del producto limón entre los autorizados y de la apertura del nuevo plazo para la ejecución de operaciones, se introducen los importes de pago y los rendimientos para este nuevo producto, y se establece un nuevo calendario de envío de las comunicaciones al FEGA, siendo necesaria la adaptación de la Resolución de la Dirección General de Fondos Agrarios, con la introducción de estos parámetros. Asimismo resultó necesario la actualización del listado de centros autorizados para la gestión de residuos de las operaciones ejecutadas. En este sentido se dictó la Resolución de 20 de enero de 2015, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se modifica la de 20 de octubre de 2014, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 23, de 4 de febrero de 2015).

Con fecha 2 de julio de 2015 se publicó en el BOJA núm. 127, una nueva modificación de la resolución referida, mediante la Resolución de 29 de junio de 2015.

Con fecha 8 de agosto de 2015, la Comisión Europea publicó el Reglamento Delegado (UE) núm. 1369/2015 de la Comisión de 7 de agosto de 2015, por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 que establece, con carácter temporal, nuevas medidas excepcionales de ayuda a los productores de determinadas frutas y hortalizas, en el que se establece un nuevo periodo de ejecución para las operaciones de gestión de crisis, al mismo tiempo que se introducen como objeto de operación, los productos melocotones y nectarinas.

Por ello, con fecha 10 de agosto el FEGA publica la Circular 29/2015, sobre normas de coordinación para la gestión, control y pago de las medidas excepcionales establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1369/2015.

Con fecha de 18 de agosto de 2015, se publica la Resolución de 11 de agosto de la Secretaría General de Fondos Europeos Agrarios, por la que se modifica la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En la Resolución de 11 de agosto Vínculo a legislación, por error no se modificaron las referencias al año del programa operativo que debían haberse actualizado a la anualidad 2015, o 2016, dado que el nuevo periodo de ejecución de las operaciones sería desde el 8 de agosto de 2015 y el 30 de junio de 2016, por ello se publicó la Resolución de 19 de octubre Vínculo a legislación de 2015, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se modifica la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adecuando la anualidad del Programa Operativo a la anualidad del periodo de ejecución de las operaciones.

No obstante lo anterior, dada la multitud de modificaciones referidas, en aras de la simplificación, homogenización y adecuación del procedimiento a seguir por parte de los productores para la presentación y ejecución de operaciones de gestión de crisis, puestas en marcha como consecuencia de última modificación del Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014, es decir, a tenor el Reglamento Delegado (UE) núm. 1369/2015, procede la unificación de todas las instrucciones mediante la aprobación de una nueva resolución que deja sin efectos a las anteriores.

Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente y, en particular, el artículo 13 Vínculo a legislación del Decreto 215/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural,

RESUELVO

Primero. Aprobar y dar publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las operaciones notificadas en relación con las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se incorpora como Anexo a la presente Resolución, para su general conocimiento y vinculación a los interesados.

Segundo. La presente Resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación, dejando sin efecto a la Resolución de 20 de octubre de 2014, de la Dirección General de Fondos Agrarios, por la que se aprueba y se da publicidad a las instrucciones dictadas para la autorización y validación de las medidas excepcionales de gestión de crisis establecidas por el Reglamento Delegado (UE) núm. 1031/2014 en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía y sus modificaciones.

ANEXO OMITIDO

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