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  • EDICIÓN DE 11/12/2015
 
 

FGE

Madrigal regula las sustituciones ante el superávit de fiscales por la no convocatoria de plazas

11/12/2015
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La Fiscalía General del Estado ha publicado una Instrucción para regular la cobertura de plazas no ocupadas en la Carrera -por estar en excedencia o en situación similar las personas a las que fue designada- mediante la figura de la 'comisión de servicio'. La medida se incardina en un contexto en el que la escasez de nuevos destinos provoca que haya más fiscales que plazas en la plantilla del Ministerio Público.

MADRID, 10 (EUROPA PRESS)

Según la Instrucción dictada el pasado 4 de diciembre por la fiscal general del Estado, Consuelo Madrigal, "el actual contexto económico ha provocado que la creación de nuevas plazas en la Carrera Fiscal se haya reducido considerablemente los últimos años, habiéndose llegado a disponer de un número de fiscales superior al de plazas en plantilla".

Esta situación, según se advierte en la Instrucción, ha provocado que algunos fiscales tuvieran que ser nombrados para ocupar plaza "en expectativa de destino" y, consecuentemente, las posibilidades de traslado de los miembros de la Carrera Fiscal hayan disminuido notablemente.

Si ello otorga estabilidad a las plantillas, según Madrigal, "también dificulta la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como las expectativas de promoción profesional de los miembros del Ministerio Fiscal".

A ello se une la aplicación de la Ley de Medidas de Eficiencia Presupuestaria en la Administración de Justicia de 2012, uno de cuyos objetivos, el de elevar los niveles de profesionalización, promueve que las sustituciones en la Carrera Fiscal recaigan prioritariamente sobre fiscales titulares, limitando a supuestos excepcionales los llamamientos que hasta entonces se realizaban de abogados fiscales sustitutos.

En este contexto, y con el objetivo de favorecer cierta movilidad de los fiscales "mejorando a la vez la prestación del servicio", surge la conveniencia según la fiscal general de "configurar con más amplitud las comisiones de servicio", que se regulan de modo que se limiten a la cobertura de ausencias prolongadas "con una duración estimada no inferior a seis meses".

Mediante las reglas expresadas en esta Instrucción de 12 páginas, a la que ha tenido acceso Europa Press, estas comisiones se limitan a las plazas que se encuentren vacantes porque su titular se encuentra prestando servicios en otra Fiscalía, en situación de excedencia voluntaria o cumpliendo alguna labor concreta en situación de "servicios especiales". Estas comisiones se conferirán "por el plazo máximo de un año prorrogable por otro".

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