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Presidente del TSJPV

Ibarra cree que la reforma del TC busca "eludir" una implicación del Senado para aplicar el 155 en Cataluña

19/11/2015
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No cree que se vaya a ver la "aplicación práctica" de esas normas y considera que la modificación "enturbia" la imagen del TC

BILBAO, 19 (EUROPA PRESS)

El presidente del TSJPV, Juan Luis Ibarra, cree que la reciente reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional busca "eludir" que la implicación del Senado, que es quien tendría que autorizar el uso del artículo 155 de la Constitución en Cataluña en caso de desobediencia a las resoluciones del Alto Tribunal.

En una entrevista a Onda Vasca, recogida por Europa Press, Ibarra se ha referido, de esta manera, al proceso soberanista en Cataluña y a la reciente reforma que impulsó el PP por la que se otorga al TC capacidad sancionadora si se incumplen sus sentencias.

Preguntado por la intervención de la Justicia en temas políticos como puede ser el tema catalán, ha negado que sea un "fenómeno creciente" porque el número de causas abiertas en el TSJPV de Cataluña que se "pudieran calificar como de politización de la Justicia", no es "significativo".

Respecto a la actuación del Tribunal Constitucional en la cuestión en Cataluña, al suspender la moción independentista aprobada en el Parlamento catalán, ha manifestado que el TC "no forma parte del Poder Judicial, de la administración de Justicia, sino del sistema constitucional de garantías".

REFORMA DEL TC

Tras recordar la función del Constitucional, ha señalado que ha habido una reciente reforma de la Ley Orgánica de este tribunal en la que se le ha dado unas funciones "de carácter ejecutivo", por las que puede llevar a cabo sus decisiones "con medios con los que antes no se contaba de manera expresa". A su juicio, esto entra dentro del "campo de los simbólico".

"El TC fundamentalmente lo que hace es dictar sentencias que son declarativas, declara aquello que es conforme o no conforme a la Constitución y lo que no es conforme, se declara su nulidad, pierde efectos jurídicos y en un porcentaje amplísimo de supuestos no requiere de ningún tipo de ejecución", ha añadido.

Ibarra ha manifestado que lo que se ha prevenido mediante la modificación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional es una situación, en la que, una vez producida esa declaración de inconstitucionalidad, "sin embargo, las instituciones afectadas y las personas que dirigen esas instituciones mantengan en su actuación una línea de decisiones en las que se obvie esta declaración constitucional". "Es en ese momento cuando se le permite al TC que llegue incluso "a suspender en sus funciones a esas personas", ha explicado.

"A mí me parece que no vamos a ver la aplicación práctica de estas normas, pero, en todo caso, respecto de lo que es la función del TC, creo que estas modificaciones legales lo que hacen es enturbiar la imagen del TC. El TC no es un tribunal ejecutivo, es un tribunal declarativo", ha manifestado.

Ibarra ha indicado que el TC está para declarar el derecho "máximo, el derecho constitucional" y, en el caso de los conflictos políticos, cree que, "para llevar a cabo las declaraciones" del Alto Tribunal, deben estar "los gobiernos y no los tribunales sin los gobiernos".

En su opinión, la reforma trata de "eludir" que el Senado, "en un momento determinado de situación de desobediencia a las decisiones del TC, tenga que hacer uso del artículo 155 de la Constitución, es decir, que tenga que hacer uso de la habilitación para adopción de medidas de suspensión de régimen autonómico, en este caso, en Cataluña".

"Y está tratando de eludir que estas determinaciones las deba tomar el Senado, que es a quien la Constitución señala para hacerlo y está interponiendo al TC", ha manifestado. No obstante, ha insistido en que no cree que se vaya a ver la "aplicación práctica, concreta" de esas normas".

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