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Estructura orgánica de la Consellería de Hacienda

19/11/2015
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Decreto 164/2015, de 13 de noviembre, por el que se modifica el Decreto 101/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda (DOG de 18 de noviembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 164/2015, DE 13 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 101/2014, DE 1 DE AGOSTO, POR EL QUE SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSELLERÍA DE HACIENDA.

La vigente estructura orgánica de la Consellería de Hacienda se aprobó por el Decreto 101/2014, de 1 de agosto Vínculo a legislación, publicado en el DOG núm. 153, de 13 de agosto de 2014 (corrección de errores en el DOG núm. 209, de 31 de octubre), modificado por el Decreto 20/2015, de 29 de enero Vínculo a legislación, de racionalización de órganos colegiados de la Xunta de Galicia, y por el Decreto 72/2015, de 7 de mayo.

Mediante el Decreto 116/2015, de 4 de octubre Vínculo a legislación, se modifica la estructura orgánica de la Xunta de Galicia (DOG núm. 190, de 5 de octubre). Este decreto entró en vigor el mismo día de su publicación y la modificación que introduce supone el incremento del número de sus departamentos pasando de ocho a diez, ya que las competencias de la anterior Consellería de Trabajo y Bienestar pasan a la Consellería de Política Social y a la Consellería de Economía, Empleo e Industria; las competencias de la anterior Consellería de Medio Ambiente, Territorio e Infraestructuras pasan a la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y a la Consellería de Infraestructuras y Vivienda, y las competencias de la anterior Consellería del Medio Rural y del Mar pasan a la Consellería del Medio Rural y a la Consellería del Mar. Esta circunstancia incide en las previsones que, en lo que se refiere a las intervenciones delegadas, figuran en la estructura orgánica vigente de la Consellería de Hacienda.

Así el apartado 5 del artículo 18 del decreto establece que:

“5. Las intervenciones delegadas de todas las consellerías contarán con un Servicio de Fiscalización y Contabilidad, excepto las intervenciones delegadas en las consellerías de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria; Trabajo y Bienestar, y del Medio Rural y del Mar, que contarán con dos servicios.

Los/as interventores/as delegados/as podrán ser asistidos por interventores/as adjuntos/as o habilitados/as”.

En busca de la racionalidad del gasto en la prestación del servicio y de coherencia en la distribución de los efectivos existentes, se estima oportuno modificar este apartado del referido precepto, de conformidad con la actual estructura orgánica de la Xunta de Galicia.

Por otra parte, el artículo 6.b) Vínculo a legislación del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, establece que quedan adscritos a la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria la Agencia Gallega de las Industrias Culturales y el ente público Agencia para la Gestión Integrada, Calidad y Evaluación de la Formación Profesional. No obstante, éste último ya había sido extinguido por el Decreto 102/2015, de 9 de julio, y, por lo tanto, procede modificar la redacción actual del citado artículo 6.b) del Decreto 129/2015.

De acuerdo con lo expuesto, a propuesta del conselleiro de Hacienda, con los preceptivos informes favorables y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día trece de noviembre de dos mil quince,

DISPONGO:

Artículo único. Modificación del Decreto 101/2014, de 1 de agosto Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda

El apartado 5 del artículo 18 Vínculo a legislación del Decreto 101/2014, de 1 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Hacienda, queda redactado como sigue:

“5. Las intervenciones delegadas de todas las consellerías contarán con un Servicio de Fiscalización y Contabilidad, excepto las intervenciones delegadas en la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria y en la Consellería de Economía, Empleo e Industria, que contarán con dos servicios, y la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, que no contará con ninguno.

Los/as interventores/as delegados/as podrán ser asistidos por interventores/as adjuntos/as o habilitados/as”.

Disposición derogatoria

Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este decreto.

Disposición final primera. Modificación del Decreto 129/2015, de 8 de octubre Vínculo a legislación, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia

Se suprime el número 2 de la letra b) del artículo 6 Vínculo a legislación del Decreto 129/2015, de 8 de octubre, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, que queda redactada como sigue:

“b) Queda adscrita a esta consellería:

La Agencia Gallega de las Industrias Culturales”.

Disposición final segunda

La estructura orgánica que se establece en este decreto no supondrá aumento de gasto.

Disposición final tercera

La Consellería de Hacienda propondrá las modificaciones que procedan en la relación de puestos de trabajo, derivadas de la modificación de la estructura orgánica que se establece en este decreto.

Disposición final cuarta

Se faculta a la persona titular de la Consellería de Hacienda para dictar los actos y adoptar las medidas que sean necesarios para la acomodación del personal a la estructura establecida en este decreto o derivada de ella, así como las que sean necesarias para su desarrollo y ejecución.

Disposición final quinta

Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

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