Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 05/08/2015
 
 

Convocatoria de elecciones

05/08/2015
Compartir: 

Decreto 174/2015, de 3 de agosto, de convocatoria de elecciones al Parlamento de Cataluña y de su disolución (DOGC de 4 de agosto de 2015). Texto completo.

DECRETO 174/2015, DE 3 DE AGOSTO, DE CONVOCATORIA DE ELECCIONES AL PARLAMENTO DE CATALUÑA Y DE SU DISOLUCIÓN.

De acuerdo con lo que disponen los artículos 66 y 75 del Estatuto de autonomía de Cataluña;

De conformidad con lo que establecen el artículo 56 y la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; el artículo 10.c) Vínculo a legislación de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la presidencia de la Generalidad y del Gobierno; y la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio Vínculo a legislación, del régimen electoral general,

Decreto:

Artículo 1

Convocatoria

Se convocan elecciones al Parlamento de Cataluña, que tendrán lugar el día 27 de septiembre de 2015.

Artículo 2

Disolución del Parlamento

Queda disuelto el Parlamento de Cataluña elegido el día 25 de noviembre de 2012.

Artículo 3

Diputados

De acuerdo con lo que se establece en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979, las circunscripciones electorales de Barcelona, Girona, Lleida y Tarragona elegirán, respectivamente, a 85, 17, 15 y 18 diputados.

Artículo 4

Campaña electoral

La campaña electoral durara 15 días, comenzará a las cero horas del día 11 de septiembre de 2015 y acabará a las veinticuatro horas del día 25 de septiembre de 2015.

Disposición adicional

Las elecciones convocadas mediante este Decreto se regirán por lo establecido en el artículo 56 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de autonomía de Cataluña, que mantiene en vigor la disposición transitoria cuarta del Estatuto de autonomía de Cataluña de 1979; por las normas correspondientes de la Ley orgánica 5/1985, de 19 de junio Vínculo a legislación, del régimen electoral general; por el Decreto de normas complementarias de estas elecciones; y por las demás disposiciones legales de aplicación a este proceso electoral.

Disposición final

Este Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana