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II Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud

12/02/2014
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Acuerdo de 3 de diciembre de 2013, del Consejo de Administración, por el que se aprueba el II Plan de Normalización del Uso del Euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud para el periodo 2013-2019 (BOPV de 11 de febrero de 2014). Texto completo.

ACUERDO DE 3 DE DICIEMBRE DE 2013, DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN, POR EL QUE SE APRUEBA EL II PLAN DE NORMALIZACIÓN DEL USO DEL EUSKERA EN OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD PARA EL PERIODO 2013-2019.

La Ley 10/1982, de 24 de noviembre, básica de normalización del uso del Euskera, reconoce una serie de derechos lingüísticos a los ciudadanos y establece unas correlativas obligaciones en materia lingüística a los poderes públicos.

El artículo 14 de la citada Ley, a fin de hacer efectivos los derechos lingüísticos reconocidos a los ciudadanos en sus relaciones con la Administración, dispone la adopción por los poderes públicos, de medidas para la euskaldunización del personal al servicio de la Administración, así como la obligación de determinar en las plantillas de la Administración aquellos efectivos en los que es preceptivo el conocimiento de las dos lenguas oficiales.

La Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, en su Norma Común Quinta, establece la obligatoriedad de que Osakidetza-Servicio vasco de salud se dote de un plan especial de normalización del uso del euskera, lo que constituye el necesario reflejo que la oficialidad del euskera debe tener en el ámbito de Osakidetza.

El Decreto 67/2003, de 18 de marzo, de normalización del uso del euskera en Osakidetza-Servicio vasco de salud, establece las bases que han de regular el Plan de Euskera del Ente Público. En aplicación de lo previsto en dicho Decreto, una vez finalizado el primer período de planificación y realizada la evaluación de cumplimiento de objetivos, se abre el camino a la formulación de nuevos objetivos y a las adecuaciones que se estimen necesarias, mediante la renovación del Plan de Euskera, que ha de servir para consolidar los logros alcanzados y, a su vez, impulsar el proceso hacia nuevos objetivos, que permitan avanzar hacia la completa normalización del uso del euskera en Osakidetza.

En la elaboración de este II Plan se han considerado, por un lado, el estado actual del proceso iniciado con el primer Plan de Euskera (sus progresos y carencias) y, por otro, las nuevas situaciones que se han ido presentando y los nuevos elementos que han ido apareciendo y que, sin duda, influirán en el segundo período de planificación.

Las normas y previsiones recogidas en este II. Plan han sido elaboradas en coherencia con las peculiaridades de una Institución cuya misión principal es la provisión a la sociedad vasca de servicios sanitarios públicos, respetando su característica complejidad organizativa y estructural.

Por ello, el Plan es progresivo a la hora de fijar objetivos y plazos de consecución, atendiendo a parámetros coherentes con los porcentajes de conocimiento del euskera de los ámbitos o zonas de influencia o actuación de los centros sanitarios. Para ello, se parte de los porcentajes de población euskaldun resultantes de los datos del Censo o Estadística de Población y Vivienda del año 2011 del Eustat.

Conviene tener presente que el Plan de Euskera del Ente Público tiene por objetivo general, además del necesario avance en la protección de los derechos lingüísticos de los ciudadanos, mejorar la calidad de la comunicación y la empatía con el paciente, como elementos claves de la óptima prestación asistencial, siendo la comunicación una de las claves de la calidad asistencial. Por ello, el Plan de Euskera de Osakidetza ha de contribuir a la mejora de los servicios prestados al ciudadano.

Una vez concluidas las labores necesarias para diseñar el Plan de Euskera del período 2013-2019, procede su aprobación por el Consejo de Administración, de acuerdo con lo establecido por el artículo 3 del Decreto 67/2003.

En su virtud, el Consejo de Administración, a propuesta de la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, previa la correspondiente deliberación, adopta el siguiente

ACUERDO

Primero.- Aprobar el II Plan de Euskera del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud para el período 2013-2019, que figura en el anexo al presente Acuerdo.

Segundo.- Una vez aprobado este Acuerdo, las Direcciones de las Organizaciones de Servicios aprobarán sus respectivos Proyectos de Normalización del Uso del Euskera.

Tercero.- La Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud adoptará las medidas oportunas para el desarrollo, implantación, ejecución y evaluación del presente Acuerdo. En este sentido, coordinará y realizará el seguimiento del proceso de ejecución de las medidas aprobadas en cada Organización de Servicios.

Cuarto.- En relación con lo no previsto en este II Plan de Euskera de Osakidetza, se aplicará directamente lo establecido en el Decreto 67/2003, de uso del euskera en Osakidetza, y en el Decreto 86/1997, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

Anexo

Omitido.

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