Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
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  • EDICIÓN DE 24/4/2003
 

Legislación

UTILIZACIÓN CONFINADA, LIBERACIÓN VOLUNTARIA Y COMERCIALIZACIÓN DE ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE

Ley 9/2003, de 25 de abril, por la que se establece el régimen jurídico de la utilización confinada, liberación voluntaria y comercialización de organismos modificados genéticamente (BOE de 26 de abril de 2003). Texto completo.

Andalucía

FORMACIÓN PERMANENTE DEL PROFESORADO

Decreto 110/2003, de 22 de abril, por el que se regula el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado (BOJA de 25 de abril de 2003).

Asturias

ESTATUTOS DEL INSTITUTO DE DESARROLLO ECONÓMICO

Decreto 23/2003, de 27 de marzo, por el que se aprueban los estatutos de organización y funcionamiento del Instituto de Desarrollo Económico del Principado de Asturias (BOPAP de 25 de abril de 2003).

Murcia

INSTITUTO DE SERVICIOS SOCIALES

Decreto 33/2003, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica del Instituto de Servicios Sociales de la Región de Murcia (BORM de 25 de abril de 2003).

Proyectos de Ley

PROYECTO DE LEY DEL PATRIMONIO DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

El pasado 14 de abril fue presentado al Congreso el Proyecto de Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas con la finalidad de acometer una modernización general de la legislación patrimonial estatal. El Proyecto fue publicado en el Boletín Oficial de las Cortes Generales de 22 de abril de 2003.

Actualidad

FRANCISCO JOSÉ HERNANDO DEFIENDE LA REFORMA DE LA LEY DEL TRIBUNAL DEL JURADO

El Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando, ha defendido ante la Comisión de Justicia e Interior del Congreso de los Diputados la necesidad de reformar la Ley Orgánica 5/1995, de 22 de mayo, del Tribunal del Jurado, con el fin de evitar las disfunciones que se producen en estos momentos.

Actualidad

JESÚS CARDENAL OBJETA LAS DECLARACIONES DE CARLOS JIMÉNEZ VILLAREJO SOBRE LA REFORMA DEL ESTATUTO FISCAL

El Fiscal General del Estado, Jesús Cardenal, se ha referido a las críticas vertidas por el Fiscal Jefe Anticorrupción, Carlos Jiménez Villarejo, sobre la reforma del Estatuto del Ministerio Fiscal, que a juicio de éste último supone la ruptura del Pacto de Justicia. Jesús Cardenal ha manifestado que dicha reforma es positiva y que el Pacto de Justicia está modernizando dicha Administración.

Actualidad

LA NUEVA NORMA DE JUICIOS RÁPIDOS ENTRA HOY EN VIGOR EN TODA ESPAÑA

Esta iniciativa del Pacto de Estado para la Reforma de la Justicia entra hoy en vigor en todo el territorio nacional y permitirá que se dicten sentencias en un periodo de entre tres días, para las faltas, y quince días, para los delitos castigados con penas inferiores a cinco años. La finalidad de este nuevo procedimiento penal es agilizar y modernizar la Justicia.

Jurisprudencia

STC 54/2003 DE 24.03.03. RECURSO DE AMPARO

El Tribunal Constitucional ha declarado no sólo la aplicabilidad a las sanciones administrativas de los principios sustantivos derivados del art. 25.1 CE, considerando que los principios inspiradores del orden penal son de aplicación con ciertos matices al derecho administrativo sancionador, sino que también ha proyectado sobre las actuaciones dirigidas a ejercer las potestades sancionadoras de la Administración las garantías procedimentales insitas en el art. 24.2 CE, no mediante su aplicación literal, sino en la medida necesaria para preservar los valores esenciales que se encuentran en la base del precepto.

Jurisprudencia

STC 55/2003 DE 24.03.03. RECURSO DE AMPARO

Los órganos judiciales tienen la responsabilidad de procurar el emplazamiento o citación personal de los demandados, siempre que sea factible, asegurando que puedan comparecer en el proceso y defender sus posiciones frente a la parte demandante. El deber de emplazamiento directo tiene su origen en la Constitución y no en la Ley. El recurso a los edictos, al constituir un remedio último para los actos de comunicación procesal, de carácter supletorio y excepcional, requiere el agotamiento previo de los medios de comunicación ordinarios, que ofrecen mayores garantías y seguridad de recepción para el destinatario, y la convicción razonable del órgano judicial que ordene su utilización de que, al ser desconocido el domicilio o ignorado el paradero del interesado, resultan inviables o inútiles los otros medios de comunicación procesal; todo lo cual, implica la existencia de un especial deber de diligencia del órgano judicial en la realización de los actos de comunicación procesal.

Legislación

SANIDAD ANIMAL

Ley 8/2003, de 24 de abril, de sanidad animal (BOE de 25 de abril de 2003). Texto completo.

Cataluña

REGISTRO DE ORGANIZACIONES NO GUBERNAMENTALES

Decreto 109/2003, de 15 de abril, por el que se regula el Registro de organizaciones no gubernamentales para el desarrollo previsto en la Ley 26/2001, de 31 de diciembre, de cooperación al desarrollo (DOGC de 24 de abril de 2003).

Galicia

ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA CONSELLERÍA DE INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y COMERCIO

Decreto 223/2003, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Innovación, Industria y Comercio y se distribuye la competencia para el ejercicio de la potestad sancionadora entre sus órganos (DOG de 24 de abril de 2003).

Baleares

USUARIOS DEL SERVICIO BALEAR DE SALUD

Decreto 37/2003 de 11 de abril, por el que se regulan los reintegros de gastos por desplazamientos en transporte no concertado y las compensaciones por estancias fuera de su localidad de residencia de los usuarios del Servicio Balear de Salud, por razón de asistencia sanitaria (BOCAIB de 24 de abril de 2003).

Actualidad

EL TRIBUNAL SUPREMO ORDENA LA DISOLUCIÓN DE TODOS LOS GRUPOS DE BATASUNA Y EL EMBARGO DE TODOS SUS BIENES

La Sala Especial del Tribunal Supremo ha acordado la disolución de todos los grupos que Batasuna posea en parlamentos autonómicos, Juntas Generales de los Territorios Históricos, Diputaciones o Ayuntamientos y el embargo de todos sus bienes, iniciando el proceso de liquidación patrimonial.

Actualidad

JOSÉ MARÍA MICHAVILA ASEGURA QUE CON LOS JUICIOS RÁPIDOS HABRÁ SENTENCIAS EN TRES DÍAS PARA LAS FALTAS Y EN QUINCE PARA LOS DELITOS

El Ministro de Justicia, José María Michavila, ha calificado positivamente la normativa que regula los juicios rápidos, que entrará en vigor el próximo lunes, y aseguró que permitirá que se dicten sentencias en un periodo de entre tres días, para las faltas, y quince días, para los delitos.

Actualidad

LOS SINDICATOS ANUNCIAN MOVILIZACIONES SI EL MINISTERIO DE JUSTICIA NO NEGOCIA LAS CONDICIONES DE TRABAJO PARA LA PUESTA EN MARCHA DE LOS JUICIOS RÁPIDOS

Los sindicatos representativos en el ámbito de la Administración de Justicia han anunciado que convocarán movilizaciones si el Ministerio de Justicia no negocia las condiciones de trabajo y la orden de guardias que supondrá la puesta en marcha el día 28 de los juicios rápidos.

Agenda - Cataluña

EXPOSICIÓN DE CONSTITUCIONES Y TEXTOS DE LA TRADICIÓN JURÍDICA CATALANA

El Colegio de Abogados de Barcelona inauguró ayer la exposición “Constituciones y otros derechos de Cataluña: tesoros de la biblioteca”, en un acto presidido por el Decano del Colegio, Jaume Alonso Cuevillas.

Jurisprudencia

STC 52/2003 DE 17.03.03. RECURSO DE AMPARO

La garantía formal del art. 25.1 CE no basta para asegurar la previsibilidad de las consecuencias jurídicas de los propios actos, ni para garantizar que nadie pueda ser castigado por un hecho no contemplado por la Ley. El término “legislación vigente” contenido en el dicho artículo es expresivo de una reserva de Ley en materia sancionadora. En el contexto de las infracciones y sanciones administrativas el alcance de la reserva de Ley no puede ser tan riguroso como lo es por referencia a los tipos y sanciones penales en sentido estricto. Considera el Tribunal Constitucional que no es posible exigir reserva de la Ley de manera retroactiva para anular o considerar nulas disposiciones reglamentarias reguladoras de materias y de situaciones respecto de las cuales tal reserva no existía, de acuerdo con el Derecho preconstitucional.

Jurisprudencia

STC 53/2003 DE 24.03.03. RECURSO DE AMPARO

El Tribunal Constitucional ha venido afirmando la importancia de la efectividad de los actos de comunicación procesal en relación con cuantas personas tengan interés en los procesos judiciales que les afecten, por lo que sólo de forma supletoria y excepcional podrá recurrirse a la citación o emplazamiento edictal. En cuanto al emplazamiento en la jurisdicción contencioso-administrativa se debe ser particularmente riguroso en los requisitos para su aplicación. El mandato implícito en el art. 24.1 CE para promover la contradicción conduce a establecer el emplazamiento personal a los que puedan comparecer como demandados siempre que ello resulte factible, como ocurre cuando sean conocidos o identificables a partir de los datos que se deduzcan del escrito de interposición o del expediente.

 

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