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La incidencia de los acuerdos marco globales en la normativa comunitaria de debida diligencia empresarial en la cadena de suministros. Especial referencia al sector textil. (RI §426296)  


The impact of global framework agreements on community regulations on business due diligence in the supply chain. Special reference to the textile sector - Priscila Martín Vales

La descentralización productiva junto con la globalización, han sido dos de los elementos esenciales que han propiciado la externalización algunas de las fases productivas de las empresas multinacionales, hacia Estados con escasa regulación en materia laboral y de Derechos Humanos. El presente artículo trata de analizar los instrumentos de soft law y su influencia en la creación de hard law. Para ello se comenzará examinando los diferentes Acuerdos Marcos Globales, con especial incidencia en el sector textil. Seguidamente se analizará cómo estos instrumentos de soft law se han convertido en instrumentos de hard law, sobre todo a raíz de la pandemia del Covid-19. Y se finalizará con las propuestas normativas internacionales obligacionales en materia de diligencia debida en la cadena de valor, la futura Directiva europea y el Proyecto de Tratado de Naciones Unidas, centrándonos en el ámbito comunitario.

I. LA DESCENTRALIZACIÓN EMPRESARIAL Y EL SURGIMIENTO DEL DENOMINADO DERECHO TRASNACIONAL DEL TRABAJO. 1. Evolución de la normativa sobre debida diligencia empresarial en la cadena de valor. 1.1. Autorregulación o regulación normativa. 1.2. Hacia el Derecho Transnacional del Trabajo.- II. INSTRUMENTOS DE AUTORREGULACIÓN EN EL SECTOR TEXTIL. 1. Derechos sustantivos incluidos en los AMG. 1.1. Edad mínima de contratación, trabajo infantil y trabajadores jóvenes. 1.2. Igualdad y no discriminación. 1.3. Trabajo forzoso, servidumbre, en prisión o ilegal. 1.4. Contratación y Seguridad Social. 1.5. Retribuciones y salario mínimo vital. 1.6. Jornada de trabajo. 1.7. Seguridad y salud laboral e información sobre accidentes de trabajo. 1.8. Derecho/deber de información a las empresas de la cadena de valor y las personas trabajadoras. 1.9. Programas de capacitación. 1.10. Derechos sindicales. 1.11. Promoción del acuerdo. 2. Mecanismos de vigilancia y control del cumplimiento de los AMG. 2.1. Comités de coordinación. 2.2. Comisión Paritaria del Acuerdo. 2.3. Expertos de la OIT para dirimir problemas. 2.4. Designación de persona en la empresa proveedora y control de las relaciones comerciales. 2.5. Evaluación y selección de proveedores. 2.6. Canal de denuncias. 2.7. Consecuencias del incumplimiento del contenido del AMG. 3. Especial referencia a Inditex. 4. Incidencia de la pandemia en el soft law en el sector textil.- III. EL FUTURO DEL HARD LAW Y EL DEBER DE DILIGENCIA EN LAS CADENAS VALOR. 1. La futura Directiva Europea en materia de diligencia debida en la cadena de valor. 2. Proyecto de Tratado de las Naciones Unidas.- IV. CONCLUSIONES.- V. BIBLIOGRAFÍA.

Palabras clave: Hard law; soft law; derecho transnacional; diligencia debida; derechos humanos.;

Productive decentralization together with globalization, have been two of the essential elements that have led to the outsourcing of some of the production phases of multinational companies, to States with little regulation in labor and Human Rights. This article attempts to analyze soft law instruments and their influence on the creation of hard law. For this, it will begin by examining the different Global Framework Agreements, with special emphasis on the textile sector. Next, it will be analyzed how these soft law instruments have become hard law instruments, especially as a result of the Covid-19 pandemic. And it will end with the obligatory international regulatory proposals on due diligence in the value chain, the future European Directive and the Draft United Nations Treaty, focusing on the community sphere.

I. BUSINESS DECENTRALIZATION AND THE EMERGENCE OF THE SO-CALLED TRANSNATIONAL LABOR LAW. 1. Evolution of the regulations on business due diligence in the value chain. 1.1. Self-regulation or normative regulation. 1.2. Towards Transnational Labor Law.- II. SELF-REGULATION INSTRUMENTS IN THE TEXTILE SECTOR. 1. Substantive rights included in the AMG. 1.1. Minimum hiring age, child labor and young workers. 1.2. Equality and non-discrimination. 1.3. Forced, servitude, prison or illegal labor. 1.4. Recruitment and Social Security. 1.5. Salaries and minimum living wage. 1.6. Working day. 1.7. Occupational health and safety and information on work accidents. 1.8. Right/duty of information to companies in the value chain and workers. 1.9. Training programs. 1.10. union rights. 1.11. Promotion of the agreement. 2. Mechanisms for surveillance and control of compliance with the AMG. 2.1. Coordination committees. 2.2. Joint Commission of the Agreement. 2.3. ILO experts to solve problems. 2.4. Designation of a person in the supplier company and control of commercial relations. 2.5. Evaluation and selection of suppliers. 2.6. Complaint channel. 2.7. Consequences of non-compliance with the content of the AMG. 3. Special reference to Inditex. 4. Incidence of the pandemic on soft law in the textile sector.- III. THE FUTURE OF HARD LAW AND THE DUTY OF DILIGENCE IN VALUE CHAINS. 1. The future European Directive on due diligence in the value chain. 2. Draft United Nations Treaty.- IV. LAST CONCLUSIONS.- V. BIBLIOGRAPHY.

Keywords: Hard law; soft law; transnational law; due diligence; human rights.;

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