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Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
José María Asencio Mellado
Catedrático de Derecho Procesal
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Profesora Titular de Derecho Procesal
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Profesora Contratada Doctora de Derecho Procesal
Universidad de Alicante

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Sentencia NÚM. 477/2014, DE 10-6. Recurso de casación núm. 79/2014. Ponente: Magistrado D. Andrés Martínez Arrieta. Desestima el recurso. DELITO DE FALSEDAD EN DOCUMENTO MERCANTIL (arts. 390.3 y 4 y 392.1 CP): documentos falsos en cuanto que certifican una reunión inexistente, luego el cumplimiento de unas exigencias legales de la sociedad gestionada por los acusados. DELITO SOCIETARIO DEL ART. 293 CP: gestión de una sociedad al margen de los deberes impuestos en la normativa y al margen por tanto de los derechos de los socios; no toda negativa de información puede constituir sic et simpliciter la acción típica del delito del art. 293 CP, por ello solo cuando la negativa de la información solicitada supusiera una efectiva limitación de la condición de socio se estaría dentro del ámbito penal; derechos mínimos de información del socio; actos típicos del art. 293 CP. DELITO DE ADMINISTRACIÓN DESLEAL (art. 295 CP): requisitos del tipo penal. (RI §414993)  

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