En una sociedad globalizada como la actual, en la que la competencia empresarial es feroz, cada vez resulta más frecuente la comisión de delitos en la obtención de obtener contratos beneficiosos. Por ello, el arbitro internacional se enfrenta a disputas en las que las partes, que previamente han decidido someterse al arbitraje, alegan prácticas corruptas. Especialmente complejo resulta el fenómeno en el arbitraje de inversión, generalmente entre un Estado y una persona jurídica, en el que se sobornan a funcionarios para la obtención de un contrato de concesión o agencia. De un lado, si una de las partes desconocía la existencia de corrupción, se encuentra ante el dilema de alegar su existencia e incumplir el contrato previamente suscrito; o cumplirlo y cometer un delito. De otro lado, el árbitro al que se le plantea la citada disyuntiva debe decidir si anula el contrato o, por el contrario, lo mantiene vigente, ya que su anulación puede causar graves perjuicios no sólo a la parte que desconocía la existencia de corrupción –si la hubiere- sino también a terceros ajenos al delito –p.ej. proveedores, trabajadores, etc.-.
I. Introducción. II. Prácticas corruptas más comunes y su relación con el arbitraje. 1. Soborno a funcionario extranjero 2. Blanqueo de capitales III. La arbitrabilidad de la corrupción IV. El rol del árbitro 1. Nulidad del contrato 2. Validez del contrato V. Conclusiones
In this globalized world, in which bussiness competition is very hard, it is becoming more common to commit an offence to get a contract. Thus, the arbitral tribunal faces to disputes in which any of the parties allege corruption. This problem is specially difficult in investment arbitration, between a state and an investor, because it is usual to bribe a foreign public oficial to get an agency agreement or a investment agreement. On the one hand, if one of the parties does not know the existence of corruption, it will face the quandary of allege corruption and break the agreement (or Investment Bilateral Treaty) or to fulfill it and commit a crime. On the other hand, the arbitral tribunal should decide whether to hold the main contract invalid or unenforceable or to hold it valid or enforceable, because to void the contract could cause collateral damages, not only to the party that does not know about corruption –if any-, but also third parties like workers or providers.