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Los trabajadores académicos de las instituciones de educación superior autónomas por Ley en México. (RI §414954)  


Academic workers in autonomous higher education institutions as per the Law in Mexico - María Aurora de la Concepción Lacavex Berumen

La educación superior, que se empieza a desarrollar en el mundo occidental desde la época medieval en la Universidad de Bolonia, ha sido detonador del desarrollo económico y social de los pueblos. Se trata de comunidades de estudiantes y profesores que de manera conjunta trabajan sobre los diversos saberes de la humanidad. En fechas recientes los profesores ya no participan en las actividades académicas universitarias únicamente por interés en el conocimiento o por el prestigio social, sino como una forma de actividad laboral, para obtener los ingresos necesarios y hacer frente a sus obligaciones económicas, personales y familiares. En México, el Derecho del Trabajo, surge constitucionalmente con el Art. 123 Constitucional en 1917. Reglamentaria de esta norma constitucional es la Ley Federal del Trabajo, en la que, desde 1980 se incorporó un capítulo relativo a los trabajadores de las instituciones de educación superior, autónomas por ley. Adicionalmente a las obligaciones derivadas de esta normatividad, los profesores de estas instituciones están sujetos a diversos programas emanados de las autoridades educativas federales, que para las instituciones significan alcanzar ciertos indicadores, que suelen asociarse a presupuesto extraordinario y para los profesores, significan ingresos, prestaciones y apoyos adicionales.

I. Introducción.- II. Educación Superior.- III. Normatividad Laboral.- IV. Trabajadores Académicos Universitarios.- V. Conclusiones.- VI. Fuentes Consultadas.

Palabras clave: Académicos; universidades autónomas; relación individual de trabajo; México.;

Higher education, which began developing in the western world in medieval times at the University of Bologna, has been a trigger for the economic and social development of communities. It is a group of student and professor communities who work jointly on the different knowledge of mankind. Most recently, professors have not been participating in university academic activities solely for knowledge sake or for social prestige; but rather as a way to obtain the necessary income to face their economic, personal, and family obligations. In Mexico, Labor Law appeared in the Constitution in 1917 by means of Constitutional Article 123. The regulations for this constitutional norm is the Federal Labor Law, in which there was a chapter was incorporated in 1980, as a special work, related to workers in autonomous higher education institutions. In addition to the obligations derived from this regulation, professors in these institutions are subject to different programs originating from federal education authorities. The aforementioned institutions have to reach several indicators, that are commonly associated to extraordinary budgets and for professors this translates into income, benefits, and additional support.

I. Introduction.- II. Higher Education.- III. Labor Regulations.- IV. University Academic Workers.- V. Conclusions- VI. Sources.

Keywords: Faculty; autonomous universities; individual work relationship; Mexico.;

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