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La responsabilidad medioambiental. (RI §409636)  


Environmental Liability - Germán Valencia Martín

En este trabajo se estudia el régimen jurídico de la responsabilidad medioambiental introducido por la Ley 26/2007, de 23 de octubre, siguiendo los patrones de la Directiva 2004/35/CE. Se destacan su entronque con la responsabilidad civil extracontractual, los rasgos diferenciales del daño medioambiental que justifican la especialidad de su regulación y las otras dos apuestas básicas de esta nueva normativa: la objetivación de la responsabilidad para un amplio grupo de actividades económicas o profesionales y el enfoque administrativo para la depuración de esta clase de responsabilidades. El resultado es un régimen que mejora sustancialmente el estado de cosas anterior y que constituye, a juicio del autor, una de las piezas más relevantes y prometedoras dentro de los nuevos desarrollos del Derecho ambiental español.

I. INTRODUCCION. II. SENTIDO Y JUSTIFICACION DE LA NUEVA NORMATIVA: 1. La responsabilidad medioambiental no es un tertium genus. 2. Especialidades jurídicamente relevantes del daño ambiental: 2.1. Daño colectivo. 2.2. Reparación in natura. III. CARACTERES PRINCIPALES DEL NUEVO SISTEMA: 1. Responsabilidad objetiva e ilimitada. 2. Régimen administrativo. IV. EJEMPLIFICACION DEL CAMBIO NORMATIVO: EL CASO AZNALCOLLAR. V. EL AMBITO DE APLICACIÓN Y SUS LIMITACIONES: 1. Ambito de aplicación objetivo: el concepto de daños medioambientales. 2. Ambito se aplicación subjetivo: 2.1. Delimitación general: actividades económicas o profesionales y excepciones. 2.2. Actividades sujetas al régimen de responsabilidad objetiva. 2.3. El concepto de operador y otras reglas complementarias. 3. Ambito de aplicación temporal. 4. Compatibilidad con regulaciones más exigentes: en particular, la de suelos contaminados. VI. REGIMENES DE RESPONSABILIDAD: 1. Duplicidad de regímenes objetivo y culposo: obligaciones de los operadores. 2. Causas de exclusión de la responsabilidad objetiva: 2.1. Supuestos de fuerza mayor. 2.2. Supuestos de ruptura del nexo causal. 2.3. Supuestos de exclusión de la antijuridicidad del daño. 3. Recuperación de costes por parte del operador. VII. COMPETENCIA, POTESTADES Y PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS: 1. Competencia general autonómica y supuestos de competencia estatal. 2. Potestades: 2.1. Potestad para exigir responsabilidad medioambiental. 2.2. Potestad de actuación directa. 3. Reglas especiales de procedimiento: en particular, la legitimación. 3. Plazo para la recuperación de costes. 4. Régimen sancionador. VIII. RELACION CON OTRAS VIAS DE EXIGENCIA DE RESPONSABILIDADES: 1. Relación con las vías sancionadoras penales y administrativas: 1.1. En supuestos de responsabilidad objetiva. 1.2. En supuestos de responsabilidad culposa. 2. Relación con la vía civil: prohibición de la doble recuperación de costes. IX. GARANTIA FINANCIERA OBLIGATORIA. X. BREVE APUNTE FINAL: LA EFECTIVIDAD DEL NUEVO SISTEMA.

Palabras clave: responsabilidad medioambiental; daño medioambiental; responsabilidad objetiva; enfoque administrativo;

This paper discusses the new legal system of the environmental liability introduced by the Spanish Act 26/2007, of 23 October, according to the parameters of the Directive 2004/35/CE. It is emphasized its roots in the law of torts, the characteristic features of the environmental damage which justify its special regulation and the other two basic choices of the new system: a strict liability for a great number of economic or professional activities and an administrative approach in order to allocate liabilities of this kind. The result is a regime that considerably improves the previous legal situation and that represents, in the author´s opinion, one of the most relevant and promising pieces among the new developments of Spanish Environmental Law.

Keywords: environmental liability; environmental damage; strict liability; administrative approach;

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