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Las consecuencias de la integración de Europol en el Derecho de la Unión Europea. Comentario a la Decisión del Consejo 2009/371/JAI, de 6 de abril de 2009. (RI §408840)  

- Juan Santos Vara

La Decisión del Consejo 2009/371/JAI por la que se crea la Oficina Europea de Policía (Europol) conlleva la sustitución del Convenio Europol de 1995 por un acto jurídico adoptado en el marco del antiguo tercer pilar de la UE. La sustitución del Convenio por una Decisión facilitará la introducción de nuevas modificaciones que se estimen necesarias. Esta Decisión constituye un primer paso para mejorar y simplificar el marco jurídico de Europol, convirtiéndola en una agencia de la Unión financiada con cargo al presupuesto de la UE y sometida a las normas generales del TUE aplicables a entes similares de la UE. El objetivo de este articulo es examinar las consecuencias que se derivan de la integración de Europol en el Derecho de la UE. Se prestará especial atención al control democrático de las actividades de Europol y a las limitadas competencias del Tribunal de Justicia en relación con Europol.

I. INTRODUCCIÓN. II. LA CREACIÓN Y EL FUNCIONAMIENTO DE EUROPOL. III. EL AUMENTO DE LAS COMPETENCIAS Y PODERES DE EUROPOL. 1. Las relaciones entre Europol y las autoridades nacionales. 2. La eventual creación de nuevos sistemas de tratamiento de la información. 3. La información procedente de entidades privadas y de particulares. IV. LA MEJORA DEL MARCO JURÍDICO DE EUROPOL. 1. Una mayor implicación del Parlamento Europeo en el funcionamiento de Europol. 2. La financiación comunitaria y la aplicación del Estatuto de los funcionarios de la UE a los agentes de Europol. 3. El control judicial de Europol. 4. La supervisión del tratamiento de datos personales. 5. Las relaciones entre Europol y otros organismos de la UE. 6. Las relaciones con terceros Estados y organizaciones. IV. CONCLUSIONES.

Palabras clave: Europol; cooperación policial y judicial en materia penal; control democrático y judicial de Europol; Agencias de la UE; tratamiento de datos personales; relaciones de Europol con terceros Estados y organizaciones;

The Council Decision 2009/371/JAI establishing the European Police Office (Europol) entails the replacement of the Europol Convention of 1995 by a legal act adopted within the framework of the old third pillar of the EU. Replacing the Convention by a Decision will ease further amendments as necessary. This Decision constitutes a first step to improve and simplify the legal framework of Europol, making Europol a European agency funded from the budget of the European Union and subject to the legal rules applicable to similar Union entities. The aim of this article is to examine the consequences arising from the integration of Europol in the EU law. Particular attention will be devoted to the democratic control of Europol’s activities and the limited jurisdiction of the Court of Justice as regards Europol.

Keywords: Europol; police and judicial cooperation in criminal matters; democratic and judicial control of Europol; EU agencies; processing personal data; Europol’s relations with third States and organizations;

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