Logo de Iustel
 
 
Sello de Calidad de la Fundación Española para la Ciencia y la TecnologíaDIRECTOR
Luis Enrique de la Villa Gil (Catedrático Emérito DTSS, Uam. Abogado)

SECRETARIO GENERAL
José Ignacio García Ninet (Catedrático Emérito DTSS, U. Barcelona)


Menú de la revista

Conexión a la revista

 

La protección del despido en el Derecho internacional. (RI §408545)  


Protection against dismissal in the international Law - Miguel F. Canessa Montejo

Uno de los temas centrales en el Derecho Laboral es la protección contra el despido. Sin embargo, no suelen incluirse dentro de dichos estudios un análisis en el plano internacional sobre la materia. El presente artículo pretende superar esa carencia implementando un breve estudio sobre la protección del despido en el Derecho Internacional. Se inicia con el reconocimiento internacional de este derecho humano laboral en los instrumentos universales y regionales de derechos humanos, así como en las normas internacionales del trabajo, especialmente el Convenio núm. 158 y la Recomendación núm. 166 de la OIT. Luego, desde la jurisprudencia internacional y los pronunciamientos de los órganos de control internacional –tanto de Naciones Unidas como de la OIT- se elabora el contenido de la protección del despido. Lo sustancial es que la protección del despido se encuentra reconocido y protegido internacionalmente, siendo vinculante para los Estados ratificadores de dichos instrumentos internacionales.

I. La protección contra el despido.- III. Bibliografía.

Palabras clave: Despido; Derecho internacional; Derechos humanos; Convenio nº 158 OIT; Recomendación nº 166 OIT;

One of the central issues in Labour Law is the protection against dismissal. However, these studies do not usually include an analysis International Law on the subject. This article aims to overcome this deficiency by presenting a short study of dismissal protection in International Law. It begins with describing this internationally recognized labour human right in the universal and regional human rights treaties and international labour standards, including Convention No. 158 and Recommendation No. 166 of the ILO. Then it elaborates on the content of the protection against dismissal, starting from international jurisprudence and the pronouncements of international supervisory bodies, -both UN and ILO-. The main conclusion is that protection against dismissal is internationally recognized and protected, being bound by Ratifying States of these international instruments.

I. The protection agains dismissal.- II. The 158 Convention and 166 Recommendation ILO.- III. Bibliography.

Keywords: Dismissal; International law; Human rights; Convention nº 158 ILO; Recommendation nº 166 ILO;

Documento disponible para usuarios registrados.

Para consultar gratuitamente este artículo primero deberá registrarse como usuario.

 
 
 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana