Dos oportunidades perdidas. A propósito del control de la constitucionalidad de la designación por parte de la Iglesia de los profesores de religión en la escuela pública. (RI §407072)
Tomando como referencia el caso de los profesores de religión, se da cuenta en el presente trabajo de la importancia del recurso de amparo en nuestro sistema. Una buena política de admisión puede impedir que los órganos judiciales acaben planteando cuestiones de inconstitucionalidad con la única finalidad de eludir la doctrina legal del Tribunal Supremo.
I. Introducción. II. Breve excursus sobre el estatus jurídico laboral de los profesores de religión católica en centros públicos de enseñanza en los años 1979-1996. III. La doctrina legal de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo: a) relación laboral de duración determinada coincidente con el curso escolar. b) Control jurisdiccional sobre la no propuesta del Ordinario. IV. Las Salas de lo Social de algunos Tribunales Superiores de Justicia y el estatuto jurídico laboral de los profesores de religión: un desencuentro con la jurisprudencia del Tribunal Supremo. V. La primera oportunidad perdida: el recurso de amparo constitucional. VI. El planteamiento de la cuestión de inconstitucionalidad: la única herramienta del juez frente a la doctrina del Tribunal Supremo. VII. La segunda oportunidad perdida: la STC 38/2007 y la remisión al recurso de amparo constitucional.