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La reforma de la Organización Común de Mercados del azúcar: El mínimo necesario. (RI §406123)  

- M.ª Elisa Casanova Doménech, Patricia García-Durán Huet

El 20 de febrero de 2006 se aprobó el Reglamento n.º 318/2006 del Consejo que reforma la OCM del azúcar. Este artículo defiende que se trata de una reforma de mínimos en base a un análisis en clave internacional del régimen europeo del azúcar antes y después de la reforma. Por un lado, se pone de manifiesto que la anterior OCM del azúcar no podía cumplir ni con la reciente resolución del Órgano de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio, ni con las demandas de liberalización planteadas en el marco de la Ronda de Doha. Por otro lado, queda evidenciado que los cambios introducidos en la OCM son el mínimo necesario para hacer frente a dichos retos.

The reform of the European Common Market Sugar Organisation was approved the 20th of February of 2006 by means of Council Regulation n.º 318/2006. This paper carries out an analysis of the European sugar regime, before and after the reform, from an international perspective. It shows that the pre-2006 sugar CMO was not in a position to successfully face neither the recent Resolution of the World Trade Organisation’s Dispute Settlement Body, nor the liberalisation demands made in the Doha Round context. Further, the paper argues that the 2006 changes could be defended only as the minimum improvements necessary to face present international challenges.

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