A juicio de los autores un problema que no está del todo resuelto en el derecho penal es el de la naturaleza de las normas. Sostienen que la tradicional clasificación entre normas imperativas y permisivas se corresponde con otro modelo de Estado y no con el Estado social y democrático de derecho. Las normas no pueden, por una parte, simplemente mandar o prohibir o por la otra, dar un permiso para que en determinadas circunstancias se pueda infringir un mandato o prohibición. Para los autores las normas que prohíben y mandan simplemente informan a la persona sobre la forma en que no pueden resolver sus conflictos y las llamadas permisivas dan al Juez pautas de valoración sobre las cuales pueden decidir la exclusión de un determinado nivel de antijuridicidad. Ello explicaría porque las causas de justificación bajo ciertas circunstancias pueden excluir el ilícito penal pero dejar subsistente un ilícito en otro sector del ordenamiento jurídico.
I. UNA VISIÓN CRÍTICA DE LA TEORÍA DE LAS NORMAS.- II. UNA PROPUESTA ALTERNATIVA: 1. ¿Imperativos o instrucciones?. 2. El ordenamiento penal no está constituido sólo por instrucciones. 3. ¿Son las causas de justificación normas permisivas?. 4. ¿Hay una antijuridicidad exclusivamente penal?.- III. CONCLUSIÓN.