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La videovigilancia laboral cómo prueba en el proceso. (RI §416357)  


Laboral surveillance like an evidence in a process - Paloma Arrabal Platero

Este trabajo de investigación centra su atención en el estudio de la validez de las grabaciones audiovisuales efectuadas en el lugar de trabajo. El análisis científico de la legislación, la jurisprudencia y la doctrina sobre esta cuestión permite realizar un balance de fuerzas, estudiando el peso de la potestad del empresario para con sus empleados frente a los derechos fundamentales de los trabajadores. En este sentido, se llega a la conclusión de que el poder del empleador no es absoluto y debe respetar los derechos de sus trabajadores. Por tanto, la videovigilancia podrá tener lugar en el espacio laboral respetando los límites que marquen los derechos fundamentales de los trabajadores. En esta misma línea, los límites de los derechos fundamentales se reflejan en una exigencia de proporcionalidad en la grabación de las imágenes y en unos requisitos administrativos que obligan al empresario a inscribir qué datos personales de sus empleados almacena y a informarles de los mismos. Ahora bien, cuando las grabaciones se han utilizado por la empresa para un fin distinto del inicialmente declarado, se han derivado problemas con la afectación de dos derechos fundamentales: el derecho fundamental a la intimidad de las personas (y trabajadores/as) y el derecho fundamental a la protección de datos. Sin embargo, la interpretación de los tribunales ha sido diversa en relación a los dos derechos fundamentales mencionados. Si bien es cierto que en primer lugar se abogaba por la defensa de la intimidad de los empleados, el nuevo rumbo judicial marca que el derecho que prevalece es el derecho fundamental a la protección de datos. Se entenderá por tanto que el empleado tiene control sobre sus datos personales y si él no ha otorgado a la empresa el consentimiento para el trato de su imagen, o si no ha sido informado correctamente del fin de las grabaciones que le afectan, la empresa no podrá hacer uso de los registros efectuados por la videovigilancia. Esta novedosa interpretación debe tenerse en cuenta en futuras actuaciones empresariales, pero no cabe perder el espíritu crítico que nos empuja a plantearnos si en la nueva realidad que vivimos, en la que la información es un elemento de gran valor, tienen cabida juicios que obstaculizan y burocratizan una relación tan social como la relación laboral.

I. Introducción. II. Qué implica la relación laboral. III. La videovigilancia en el entorno laboral. IV. Potestades de control y vigilancia del empresario frente a los derechos del trabajador. 1. Control y vigilancia frente al derecho a la intimidad. 2. Control y vigilancia frente al derecho de protección de datos. V. Conclusiones.

Palabras clave: Videovigilancia; protección de datos; derecho a la intimidad; nuevas Tecnologías (TICS); Prueba.;

This research focuses on the study of the validity of audiovisual recordings made in the workplace. Scientific analysis of legislation, jurisprudence and doctrine on this question allows a balance of forces, considering the weight of the power of the employer to their employees over the rights fundamental workers. In this sense, it is concluded that the employer's power is not absolute and must respect the rights of their workers. Therefore, the surveillance can take place in the workplace respecting the limits set by the fundamental rights of workers. In the same way, the limits of fundamental rights are reflected in a requirement for proportionality in the recording of images and some administrative requirements oblige employers to register what personal data stored employees and inform them. Now when the recordings were used by the company for a purpose other than originally stated, they have been derived problems with the involvement of two fundamental rights: the fundamental right to privacy of individuals (and workers / as) and right fundamental data protection. However, the interpretation of the courts has varied in relation to the two fundamental rights mentioned. While that first advocated the defense of the privacy of employees, the new court towards the right brand that prevails is the fundamental right to data protection. Therefore means that the employee has control over their personal data and if he has not given the company consent to the treatment of his image, or if not informed properly of the end of the recordings concerning him, the company does not it may use the records kept by video surveillance. This new interpretation must be taken into account in future business actions, but we will lose the critical spirit that pushes us to ask if the new reality that we live, in which information is an element of great value, must serve trials that hinder and bureaucratized such a social relationship as employment.

I. Introduction. II. Which involves the employment relationship. III. Video surveillance in the workplace. IV. Powers of control and surveillance of the employer towards workers' rights. 1. Control and surveillance versus privacy. 2. Control and monitoring over the right of data protection. V. Conclusions.

Keywords: Video surveillance; data protection; right to privacy; new technologies (ict); evidence;

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