Bienes públicos: Definición y delimitación del dominio público marítimo-terrestre. Protección del dominio público. Usos y aprovechamientos del dominio público. Adquisición de bienes patrimoniales. (RI §403409)
I. DEFINICIÓN Y DELIMITACIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE: 1. Naturaleza demanial del muro de contención del oleaje. 2. Naturaleza no demanial de ciertos terrenos con perdida de sus característica naturales determinantes de la inclusión en el demanio. 3. Clasificación urbanística como suelo urbano no impide la naturaleza demanial. 4. Naturaleza demanial de terrenos desecados en la ribera del mar y no desafectados.- II. PROTECCIÓN DEL DOMINIO PÚBLICO: 1. La determinación de los límites de las servidumbres de protección. 2. Ausencia de modificación sustancial en el procedimiento del deslinde.- III. USOS Y APROVECHAMIENTOS DEL DOMINIO PÚBLICO: 1. Desestimación de la solicitud de licencia o autorización. 2. Modificación del objeto de la autorización. 3. Revocación de autorizaciones y concesiones. 4. Transferencia de recursos hidráulicos en situación de extraordinaria sequía. 5. “Asociaciones de usuarios”.- IV. ADQUISICIÓN DE BIENES PATRIMONIALES.