El Tribunal Supremo sentencia a favor de la Cope y Jiménez Losantos frente a ERC (RI §1040092)
El Tribunal Supremo ha estimado el recurso de casación interpuesto por la Cadena Cope, revocando la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que le condenó, junto Federico Jiménez Losantos a indemnizar a Josep Lluís Carod-Rovira, Joan Puigcercós y Ezquerra Republicana de Catalunya con 60.000 euros por haber considerado una intromisión ilegítima en su honor el haber difundido que el partido Ezquerra Republicana y sus dirigentes eran aliados del grupo terrorista ETA.
La sentencia refuerza la prevalencia de la libertad de expresión sobre el derecho al honor en contextos de contienda política. Asimismo destaca que el locutor y la Cadena han fomentado la crítica en orden a la política antiterrorista de aquel momento del Gobierno y el hecho ya noticiado de su pasividad ante la posible reunión entre miembros del grupo terrorista e integrantes del referido partido político en el marco de la crítica política.
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