Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • ISSN 2254-4275
  • EDICIÓN DE 10/09/2015
 
 

El TSJM avala la anulación de otra multa del Ayuntamiento mediante el sistema "foto-rojo"

 10/09/2015
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por el Ayuntamiento de Madrid contra una sentencia dictada por el Juzgado n.º 21 de Madrid que anuló una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos impuestas a un conductor por rebasar un semáforo en rojo.

MADRID, 9 Sep. (EUROPA PRESS) -

En un comunicado, la organización Automovilistas Europeos Asociados, encargados de tramitar la denuncia, ha señalado que se trata de la segunda sentencia que se dicta en el mismo sentido por el alto tribunal madrileño y avala las resoluciones judiciales que los juzgados de lo contencioso-administrativo de Madrid están dictando en el sentido de anular las sanciones impuestas por rebasar supuestamente semáforos en rojo, mediante el sistema denominado "foto-rojo".

Según el fundamento de derecho tercero de la sentencia, "la Sala comparte la acertada fundamentación jurídica del juez a quo que considera que no ha resultado acreditada fehacientemente la existencia de la infracción, pues la única prueba practicada al efecto, la constituye una fotografía tomada de noche por las cámaras instaladas en la vía públiva, en la que no puede deducirse de forma inequívoca que el semáforo se hallara en su fase roja."

En el recurso ahora desestimado, el Ayuntamiento de Madrid alegó que "la fotografía obrante el expediente administrativo refleja claramente que el disco encendido en el momento de rebasarse el semáforo es el superior, que siempre es la luz roja, y que precisamente el funcionamiento del mecanismo fotográfico consiste en hacer la foto cuando se rebasa el semáforo en rojo".

Sin embargo, este argumento ha sido rechazado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid porque resulta necesaria "una prueba de cargo incontestable y fehaciente para destruir el derecho a la presunción de inocencia" y para el alto tribunal madrileño la fotografía obrante en el expediente no enerva dicho derecho fundamental por lo que no sólo desestima el recurso del Ayuntamiento de Madrid sino que le condena, además, al pago de 1.500 € de costas.

En marzo de 2010 AEA denunció que el Ayuntamiento de Madrid estaba imponiendo "miles de sanciones" por rebasar semáforo en rojo cuando éstos se encontraban el ámbar. "Afortunadamente la justicia y nuestra pertinaz defensa de los legítimos derechos de los automovilistas madrileños, incluso ante los tribunales, han puesto en evidencia quién tenía razón", ha declarado el presidente de AEA, Mario Arnaldo.

AMNISTÍA DE MULTAS

Arnaldo ha anunciado que "de forma urgente" va a reiterar al gobierno municipal una "amnistía de multas" dada la existencia de "numerosas irregularidades" en la imposición y tramitación de cientos de miles de expedientes sancionadores.

Según los datos que maneja AEA, en los cinco últimos años (hasta marzo de 2015) se han formulado en Madrid 17.289.502 denuncias, "de las que -según Arnaldo- en cerca del 70% existen irregularidades invalidantes".

"Por esa razón vamos a pedirla Ayuntamiento de Madrid, en lenguaje de la vicepresidenta del gobierno, una amnistía de multas de tráfico municipales", ha concluido.

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