RÉGIMEN JURÍDICO-ADMINISTRATIVO DEL SERVICIO DE ABASTECIMIENTO DE AGUA A LAS POBLACIONES Y SUS VINCULACIONES URBANÍSTICAS Y DE SERVICIO PUBLICO (I), por Fernando García Rubio, Profesor Titular de Derecho Administrativo de la Universidad Rey Juan Carlos (Madrid)
05/10/2012
El presente trabajo describe el régimen jurídico del servicio púbico de abastecimiento de agua a poblaciones, distinguiendo las dos grandes fases en que aquel se descompone. Por un lado, la de aducción o abastecimiento en alta, que incluye la captación, alumbramiento y embalse de los recursos hídricos y su gestión y almacenamiento en depósitos reguladores de cabecera de los distintos núcleos de población. Por otro lado, el abastecimiento de agua en baja, que comprende la distribución el almacenamiento intermedio y el suministro de agua potable hasta las instalaciones propias para el consumo por parte de los usuarios o destinatarios finales. En la legislación de bases de régimen local, ambas fases estaban atribuidas implícitamente a la competencia municipal en base a la reserva expresa que hace el art. 86.3 de la LBRL, en relación con los artículos 25 y 26 de la propia LBRL, en favor de los entes municipales. Sin embargo, el ejercicio de las competencias legislativas autonómicas en materia de aguas y recursos naturales ha determinado, a la postre, que la fase de aducción, de neto alcance supramunicipal, sea planificada y gestionada con carácter autonómico. Los problemas de ajuste y de dispersión del régimen de gestión del ciclo del agua que este doble régimen acarrea son analizados detenidamente en este trabajo, que se adentra en análisis de la legislación de las distintas Comunidades Autónomas y en los distintos modelos de gestión del suministro en alta y en baja.
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