Condenadas como autoras de una falta continuada de vejaciones injustas dos amigas que crearon en “Tuenti” un perfil falso a nombre de la denunciante
24/08/2011
La AP de Segovia ratifica la condena impuesta a dos amigas, como autoras de una falta continuada de vejaciones injustas, por haber creado en “Tuenti” un perfil falso a nombre de la denunciante, haciéndose pasar por ella e insertando tanto su nombre como su fecha de nacimiento, además de subir a la red una foto real y colgar hasta un total de 56 fotos de toda índole, en las que, principalmente, se ridiculiza a la denunciante. Sostiene que una vez que de manera conjunta las coautoras idean el mendaz perfil y aceptan que la suplantación identitaria del mismo se realice desde una cuenta de correo conjunta, la falta de vejación ya ha sido consumada por ambas, aunque fuera sólo una materialmente quien tecleara desde su ordenador. La Audiencia únicamente estima el extremo relativo a la cuantía de la indemnización reconocida a la víctima, en el sentido de proceder a su rebaja, en tanto que lo adecuado es indemnizar el daño psicológico padecido durante doce meses sin incapacidad y la secuela que aún persiste; además la sentencia de instancia, al definir la extensión del término “vejación”, reitera la acepción de maltrato psicológico.
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