Diario del Derecho. Edición de 18/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 12/12/2016
 
 

Audiencia Provincial de Almería

Condenan a una madre por el abandono de su hija de 6 años, que era maltratada y presentaba desnutrición (Almería)

12/12/2016
Compartir: 

La Audiencia Provincial de Almería ha confirmado la condena a una mujer por un delito de abandono de menores al considerar que ha "incumplido de forma grave y reiterada" sus obligaciones a la hora de cuidar a su hija de seis años, a la que dejaba al cargo de terceros que la "maltrataban" y "malnutrían" hasta el punto de tener que ingresar en un hospital a causa de fracturas óseas.

ALMERÍA, 9 (EUROPA PRESS)

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha desestimado el recurso elevado por la acusada y ha confirmado el fallo original por el que se le impone una pena de seis meses de prisión y seis años de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad que le impide quedarse al cargo de la menor, cuya tutela ya pasó a manos de la Junta de Andalucía, que le retiró la custodia a la madre tras su ingreso hospitalario.

Según la sentencia, consultada por Europa Press, resulta "innegable" que la acusada era "plenamente consciente de la pésima situación de su hija" y "a pesar de ello nada hizo para garantizar el buen cuidado de la misma", por lo que rechaza que exista "error alguno" en la valoración de la prueba, que se basa en informes y testimonios.

En la misma línea, apunta que "no puede sostenerse con un mínimo de rigor" que la acusada justifique su "inacción" al "miedo y las amenazas" de la cuidadora de la niña, sobre la que se sigue otra causa por malos tratos y para la que trabajaba la madre de la menor ejerciendo la prostitución.

Para el tribunal, la acusada "se desentendió del cuidado de su hija desde que contaba apenas dos años de edad, dejándola bajo el control de otra mujer", que "la tenía desnutrida, en un estado de total abandono en cuanto a alimentación e higiene e incluso la maltrataba", circunstancias que "eran conocidas y consentidas por la madre biológica que evidenciaba una actitud de desinterés y desapego hacia la menor".

DÉFICIT DE HIGIENE Y VESTIMENTA

La sentencia de origen, dictada por el Juzgado de lo Penal 2 de Almería, dio por probado que la madre dejó a la menor al cuidado de su 'madame', de forma que la niña estaba "durante semanas enteras" al cargo de terceros. Asimismo, hacía "caso omiso a las lesiones, magulladuras" y "fracturas óseas en distintas fases de cicatrización derivadas de los actos de sus cuidadores".

En el mismo sentido, se declaró probado que la niña también sufría "vómitos constantes" a causa del "grave déficit en su higiene personal, vestimenta y alimentación", lo que le provocó un estado de "desnutrición, retraso en el desarrollo físico, falta de estimulación para relacionarse, desconfianza hacia los adultos, temor y actitud silenciosa", entre otras secuelas.

La juez afirmó en sus fundamentos que la versión ofrecida por la madre "no es ni creíble ni coherente" en cuanto a que, según la magistrada, era conocedora de las lesiones físicas y el "grave deterioro" físico y de desarrollo de la pequeña. Asimismo, desechó las razones dadas por la mujer, quien alegó estar "amenazada" por la 'madame', quien a la vez era la cuidadora de la niña.

"No es creíble que la madre no supiera los tratos a los que estaba sometida su hija y sí dos personas ajenas a la misma", señaló la juez, quien hace referencia a la declaración de dos compañeras de la acusada, quienes relataron la situación en la que se encontraba la menor ante el procedimiento administrativo iniciado de oficio después de que la niña ingresara con una fractura de húmero en el hospital del Poniente en El Ejido (Almería).

Igualmente, se ratificó el informe de la Fiscalía al observar la relación entre la acusada y su 'madame', con la que podía "discutir cuando quisiera con ella" y a la que defendía "manifestado siempre que era de su familia". En esta línea, cuestiona que la acusada no actuara por "miedo" a esta supuesta 'madame', además por algo "que ya ha sucedido".

Del mismo modo, se tuvieron en cuenta dos testimonios más, quienes señalaron que no vieron "miedo" en la madre, sino más bien "desinterés" y "desapego" hacia la menor, así como "pasividad" ante la situación, por lo que la acusada era "plenamente consciente" de la situación de la niña.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana