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COBREROS MENDAZONA, Edorta: Responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea, Iustel, 239 Páginas, 2015

15/09/2015
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Iustel presenta, dentro de su fondo editorial, la obra “Responsabilidad patrimonial del Estado por incumplimiento del Derecho de la Unión Europea” que pretende ofrecer una visión más completa, sistemática y precisa del alcance de la responsabilidad patrimonial de los Estados, desde el punto de vista del ordenamiento de la Unión Europea, y, por otro lado, una panorámica suficientemente ilustrativa de su aplicación efectiva en nuestro ordenamiento estatal.

Datos de la obra

Título: RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO POR INCUMPLIMIENTO DEL DERECHO DE LA UNIÓN EUROPEA Vínculo a libro editado en papel

Autor:

EDORTA COBREROS MENDAZONA

ISBN: 978-84-9890-285-3

Colección: Monografías

Formato y acabado: 21,50 x 14 cms. - Rústica con solapas

Páginas: 239

PVP.: 27,50 euros (con IVA), 26,44 euros (sin IVA)

Código: 0115144

Área: Constitucional y Administrativo

Novedad: Septiembre 2015

Reseña sobre la obra

La responsabilidad patrimonial de los Estados por el daño que cause a los particulares su incumplimiento del Derecho de la Unión Europea es una construcción jurisprudencial, originada hace menos de veinticinco años y ahora plenamente asentada. Pero también es verdad que este principio no se elaboró de golpe, sino que ha sufrido una evolución en alguno de sus pilares fundamentales. Resulta, por eso, imprescindible atender con detenimiento a lo que ha dicho el Tribunal de Luxemburgo desde entonces y analizar detenidamente su (difícil) concepto de la “violación suficientemente caracterizada” del Derecho de la Unión, como requisito para surja la obligación estatal de indemnizar.

Es un principio del Derecho de la Unión Europea -y, por lo tanto, común e indisponible para los Estados miembros-, pero su concreta aplicación es competencia de éstos. De ahí que un estudio de estas características quedaría incompleto si no se analizara su asunción efectiva en nuestro ordenamiento por parte de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. A este respecto, sin perjuicio de las obligadas referencias a las principales sentencias que reconocen el derecho a una indemnización por esta causa, merece atención específica el obligado cambio operado en la jurisprudencia del Tribunal Supremo -por las consecuencias del principio de equivalencia (interpretado ad casum por el Tribunal de Luxemburgo)-, en cuanto a los requisitos procedimentales para exigir la indemnización estatal en caso de daños producidos por leyes incompatibles con el Derecho de la Unión. Asimismo, la exigibilidad del ya mencionado requisito de la violación suficientemente caracterizada en nuestro sistema público de responsabilidad es una cuestión abierta que debe analizarse muy matizadamente.

Más información:

Teléfono: 915 488 281

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