Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 28/08/2015
 
 

Trasvase de Entrepeñas-Buendía

28/08/2015
Compartir: 

Orden AAA/1750/2015, de 21 de agosto, por la que se autoriza un trasvase de 15 hm³ desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, para el mes de agosto de 2015 (BOE de 28 de agosto de 2015). Texto completo.

ORDEN AAA/1750/2015, DE 21 DE AGOSTO, POR LA QUE SE AUTORIZA UN TRASVASE DE 15 HM³ DESDE LOS EMBALSES DE ENTREPEÑAS-BUENDÍA, A TRAVÉS DEL ACUEDUCTO TAJO-SEGURA, PARA EL MES DE AGOSTO DE 2015

En cumplimiento de los acuerdos adoptados por la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura en reunión celebrada el 20 de agosto de 2015, la Dirección General del Agua, con fecha 21 de agosto de 2015, ha emitido informe propuesta sobre la situación de los embalses de cabecera del Tajo en el que se hace constar que el volumen de existencias efectivas en el conjunto de embalses Entrepeñas-Buendía, a fecha 1 de agosto de 2015, era de 402 hm3 por lo que, acorde con lo establecido en el punto 1 de la disposición adicional decimoquinta, “Reglas de explotación del trasvase Tajo-Segura”, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, de evaluación ambiental, se ha constatado que se está en situación hidrológica excepcional, nivel 3.

En situación hidrológica excepcional, según se dispone en el punto 2 de la disposición adicional decimoquinta de la citada Ley 21/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, cuando concurran las condiciones hidrológicas de nivel 3, la autorización de trasvases le corresponde al Ministro que tenga atribuidas las competencias en materia de agua, previo informe de la Comisión Central de Explotación. En esta situación de nivel 3, según se establece en el artículo 1 Vínculo a legislación del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, corresponde al órgano competente, el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, la autorización, de forma discrecional y motivada, de un volumen mensual de hasta 20 hm3/mes.

En consonancia con el acuerdo de la Comisión Central de Explotación de fecha 20 de agosto de 2015, constatada la situación hidrológica excepcional, nivel 3, en el mes de agosto de 2015, y acorde con el informe y propuesta emitido el día 21 de agosto de 2015 por la Dirección General del Agua, en función de los volúmenes de existencias en los embalses de Entrepeñas-Buendía a principios del mes de agosto del presente año hidrológico así como las aportaciones previsibles para el resto del año hidrológico, acorde con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta, punto 2, de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre Vínculo a legislación, de evaluación ambiental, y lo establecido en el artículo 1 Vínculo a legislación del Real Decreto 773/2014, de 12 de septiembre, por el que se aprueban diversas normas reguladoras del trasvase por el acueducto Tajo-Segura, dispongo:

Autorizar un trasvase desde los embalses de Entrepeñas-Buendía a través del acueducto Tajo-Segura, de 15 hm3 para el mes de agosto de 2015.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana