Diario del Derecho. Edición de 18/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 11/08/2015
 
 

Plan Anual de Política de Empleo para 2015

11/08/2015
Compartir: 

Resolución de 29 de julio de 2015, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 24 de julio de 2015, por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015, según lo establecido en el artículo 4 ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo (BOE de 11 de agosto de 2015). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 29 DE JULIO DE 2015, DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE EMPLEO, POR LA QUE SE PUBLICA EL ACUERDO DEL CONSEJO DE MINISTROS DE 24 DE JULIO DE 2015, POR EL QUE SE APRUEBA EL PLAN ANUAL DE POLÍTICA DE EMPLEO PARA 2015, SEGÚN LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 4 TER DE LA LEY 56/2003, DE 16 DE DICIEMBRE, DE EMPLEO.

El Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de julio de 2015 ha adoptado un Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015 según lo establecido en el artículo 4 Vínculo a legislación ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo.

A los efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo, esta Secretaría de Estado de Empleo ha resuelto disponer la publicación del mismo en el “Boletín Oficial del Estado” como Anexo a la presente Resolución.

Madrid, 29 de julio de 2015.-El Secretario de Estado de Empleo, Juan Pablo Riesgo Figuerola-Ferretti.

ANEXO

Acuerdo por el que se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015, según lo establecido en el artículo 4 Vínculo a legislación ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo

En la actual situación del mercado de trabajo es necesario continuar con la mejora de la coordinación entre las distintas Administraciones implicadas en la realización de los servicios y programas de políticas activas de empleo, de cara a conseguir una eficaz utilización de los recursos destinados a facilitar la inserción laboral de los trabajadores desempleados en el mercado laboral a la par que una mayor eficiencia en el uso de los mismos.

El artículo 149.1.7 Vínculo a legislación de la Constitución establece que la competencia legislativa en materia laboral corresponde al Estado, sin perjuicio de su ejecución por las Comunidades Autónomas. En el ámbito del empleo, el artículo 7 Vínculo a legislación bis de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, de Empleo, define el Plan Anual de Política de Empleo como uno de los instrumentos de coordinación del Sistema Nacional de Empleo, del cual forman parte tanto el Servicio Público de Empleo Estatal como los Servicios Públicos de Empleo de las Comunidades Autónomas.

El artículo 4 Vínculo a legislación ter de la citada Ley 56/2003, de 16 de diciembre, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio Vínculo a legislación, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, establece que el Plan Anual de Política de Empleo concretará en cada ejercicio los objetivos de la Estrategia Española de Activación para el Empleo a alcanzar en todo el Estado y en las distintas Comunidades Autónomas, así como los indicadores que se utilizarán para conocer y evaluar el grado de cumplimiento de los mismos. De tal forma, el Plan Anual de Política de Empleo se configura como un instrumento de evaluación de los servicios y programas de políticas activas de empleo desarrolladas por el Servicio Público de Empleo Estatal y las Comunidades Autónomas.

De hecho, los servicios y programas que tanto las Comunidades Autónomas como el Servicio Público de Empleo Estatal, en sus respectivos ámbitos de competencia, desarrollarán en el marco de este Plan Anual de Política de Empleo para 2015, han de estar vinculadas con los ejes de las políticas de activación para el empleo en los que se integrarán los objetivos en materia de políticas de activación que se establecen en la Ley 56/2003, de 16 de diciembre Vínculo a legislación, y que están definidos y desarrollados en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, aprobada por el Real Decreto 751/2014, de 5 de septiembre Vínculo a legislación, la cual, a partir de la experiencia y resultados obtenidos de los Planes Anuales de Política de Empleo para 2012 y 2013, culminó la transición hacia un nuevo modelo basado en la programación, evaluación y financiación de las políticas activas de empleo orientado hacia la consecución de objetivos, siguiendo directrices y ejes prioritarios de actuación.

El Plan Anual de Política de Empleo para 2015, según lo previsto en el citado artículo 4 Vínculo a legislación ter de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre, establece los objetivos de la Estrategia Española de Activación para el Empleo a alcanzar en este año en el conjunto de España y en cada una de las distintas Comunidades Autónomas, así como los indicadores que se van a utilizar para valorar su grado de consecución.

Asimismo, para alcanzar los objetivos señalados, el Plan Anual de Política de Empleo para 2015 contiene los servicios programas de políticas activas de empleo que van a llevar a cabo las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus competencias de ejecución de las políticas activas y el Servicio Público de Empleo Estatal en ejecución de la reserva de crédito establecida en su presupuesto de gastos.

Este Plan se enmarca en un contexto más amplio de reformas en el que se incluyen el Programa de Estabilidad 2015-2018 y el Programa Nacional de Reformas 2015, aprobados en el Consejo de Ministros del 30 de abril de 2015, que han sido remitidos al Consejo de Ministros de la Unión Europea y a la Comisión Europea dentro de las obligaciones de los Estados miembros en el marco del Semestre Europeo. Con estos documentos, el Gobierno explica la evolución reciente de la economía española, el grado de avance en su agenda de reformas y el cumplimiento de las recomendaciones específicas formuladas por el Consejo Europeo en junio de 2014. Es la cuarta vez en esta legislatura que el Gobierno elabora y presenta estos dos Programas, y la segunda, que se realizan, en un contexto de recuperación económica.

El Plan Anual de Política de Empleo 2015 se enmarca en un período en el que se han confirmado y acentuado los signos de recuperación del mercado de trabajo que se habían apreciado en 2014, por primera vez desde el inicio de la crisis. Las fuentes más significativas (EPA, Paro Registrado, Contratos y Afiliación) utilizan metodologías diferentes, pero su evolución conjunta muestra con claridad una mejoría en los principales indicadores respecto de los años anteriores.

Los datos de la Encuesta de Población Activa correspondientes al segundo trimestre de 2015 muestran una disminución de 473.900 parados en el último año, y una caída de más de dos puntos en la tasa de paro (desde el 24,47% hasta el 22,37%). Al mismo tiempo, la ocupación creció en 411.800 personas en el segundo trimestre de 2015, el mayor incremento trimestral de la ocupación desde el segundo trimestre de 2005.

De acuerdo con la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016, los servicios y programas incluidos en el Plan Anual de Empleo para 2015 que desarrollen los Servicios Públicos de Empleo deberán dirigirse al cumplimiento de los cinco objetivos estratégicos acordados en el seno de la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales del 29 de julio de 2014, y que son los siguientes:

A. Mejorar la empleabilidad de los jóvenes y desarrollar el Plan de Implementación de la Garantía Juvenil en España.

B. Favorecer la empleabilidad de otros colectivos especialmente afectados por el desempleo, en particular la de los mayores de 45 años que sean desempleados de larga duración y la de los beneficiarios del PREPARA.

C. Mejorar la calidad de la formación profesional para el empleo, que se traduce en su mayor impacto en términos de inserción y de mejora en el rendimiento en el puesto de trabajo.

D. Reforzar la vinculación de las políticas activas y pasivas de empleo, como forma de ofrecer la mejor protección y vías de retorno al empleo para las personas en situación de desempleo.

E. Impulsar el emprendimiento como parte inseparable de la activación y recuperación del empleo.

Asimismo, todos los servicios y programas de políticas activas de empleo e intermediación laboral se enmarcarán en los seis Ejes, en los que se ordenan los 29 objetivos estructurales definidos en la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016.

En la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales celebrada el 13 de abril de 2015 se presentó el texto del Plan Anual de Política de Empleo para 2015, y el mismo se presentó a informe del Consejo General del Sistema Nacional de Empleo en la reunión celebrada el 24 14 de abril de 2015.

En esa misma Conferencia Sectorial se aprobaron los criterios objetivos de la distribución de fondos para el año 2015 en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, así como su distribución.

Con todo ello se cumple lo dispuesto en el artículo 4 Vínculo a legislación ter.2 Vínculo a legislación de la Ley 56/2003, de 16 de diciembre.

De acuerdo con lo establecido en la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 36/2014 de 26 de diciembre Vínculo a legislación de Presupuestos Generales del Estado para 2015, sobre limitación del gasto en la Administración General del Estado, las acciones y medidas contempladas en este Plan Anual se implantarán sin incremento en las dotaciones, ni en las retribuciones u otros costes de personal de la Administración General del Estado.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Empleo y Seguridad Social, el Consejo de Ministros, en su reunión del día 24 de julio de 2015, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Se aprueba el Plan Anual de Política de Empleo para 2015, que se adjunta como anexo.

Anexos

Omitidos.

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana