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Estructura orgánica de la Agencia de Vivienda Social

31/07/2015
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Decreto 185/2015, de 29 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid (BOCAM de 30 de julio de 2015). Texto completo.

DECRETO 185/2015, DE 29 DE JULIO, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA AGENCIA DE VIVIENDA SOCIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Al inicio de la presente legislatura, mediante Decreto 25/2015, de 26 de junio, la Presidenta estableció el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid. Posteriormente, mediante Decreto del Consejo de Gobierno 72/2015, de 7 de julio Vínculo a legislación, se define la estructura de las diferentes Consejerías, estableciendo los órganos hasta nivel de Dirección General que integran en cada una de ellas y sus competencias, así como los Entes y Organismos que se adscriben a las mismas.

En concreto, en relación con la Administración Institucional adscrita a la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, el referido Decreto dispone en su artículo 7.4 la integración del Instituto de Realojamiento e Integración Social en el Organismo Autónomo Instituto de la Vivienda de Madrid, que cambia su denominación a Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid.

Como consecuencia de la citada integración corresponden al Organismo Autónomo Agencia de Vivienda Social las funciones atribuidas al anterior Instituto de la Vivienda de Madrid, así como las funciones y competencias atribuidas al Instituto de Realojamiento e Integración Social creado por la Ley 16/1998, de 27 de octubre Vínculo a legislación, potenciando su carácter social.

Mediante Decreto 14/2008, de 28 de febrero Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, se estableció la estructura orgánica del Instituto de la Vivienda de Madrid.

Sin perjuicio de la necesaria reestructuración y reordenación de funciones de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, que deberá llevarse a cabo mediante Decreto del Consejo de Gobierno al amparo de lo dispuesto en el artículo 61 Vínculo a legislación de la Ley 3/2014, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, se ha estimado oportuno, en tanto se ultime dicho proceso, modificar la estructura establecida en el Decreto 14/2008, de 28 de febrero Vínculo a legislación, en orden a un ejercicio adecuado de las nuevas competencias asumidas, así como para atender a los nuevos fines sociales asignados a la Agencia.

Para ello se crea, bajo la dependencia jerárquica de la Dirección-Gerencia, la Dirección de Área Social que pasa a asumir las competencias de la Agencia en materia de realojamiento e integración social, y asimismo se crea la Dirección de Área Económica y de Promoción y Rehabilitación, que pasa a asumir las competencias actualmente atribuidas a la Dirección de Área Económico-Administrativa y a la Dirección de Área de Promoción y Rehabilitación, que se suprimen.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 21.u) Vínculo a legislación y 40 Vínculo a legislación de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta del Consejero de Transportes, Vivienda e Infraestructuras, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 29 de julio de 2015,

DISPONE

Artículo único

Modificación de la estructura orgánica de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid

La estructura orgánica de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid, fijada en el Decreto del Consejo de Gobierno 14/2008, de 28 de febrero Vínculo a legislación, se modifica en los siguientes términos:

Primero.-Bajo la dependencia jerárquica de la Dirección-Gerencia, la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid se estructura en los siguientes órganos administrativos:

- Secretaría General.

- Dirección de Área Social.

- Dirección de Área Económica y de Promoción y Rehabilitación.

Segundo.-Corresponden a la Dirección de Área Social todas las funciones necesarias para el ejercicio de las competencias de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid en materia de realojamiento e integración social.

Tercero.-Corresponden a la Dirección de Área Económica y de Promoción y Rehabilitación las competencias atribuidas a la Dirección de Área Económico-Administrativa y a la Dirección de Área de Promoción y Rehabilitación, en los artículos 4 Vínculo a legislación y 5 Vínculo a legislación del Decreto 14/2008, de 28 de febrero.

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA

De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria única del Decreto 72/2015, de 7 de julio Vínculo a legislación, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, la estructura orgánica, presupuestaria y contable de la Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid deberá adecuarse a lo dispuesto en el mismo, como máximo, el 1 de enero de 2016.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Habilitación de desarrollo

Se autoriza al titular de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Modificación de la relación de puestos de trabajo y plantilla presupuestaria y de los créditos presupuestarios

Se habilita al titular de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda para formalizar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo, de la plantilla presupuestaria y de los créditos presupuestarios que resulten necesarios para la aplicación de lo dispuesto en el presente Decreto.

DISPOSICIÓN FINAL TERCERA

Aplicación

Por el titular de la Dirección-Gerencia de la Agencia se podrán dictar cuantas instrucciones sean precisas para la aplicación del presente Decreto, sin perjuicio de lo indicado en la disposición final primera.

DISPOSICIÓN FINAL CUARTA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

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