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Premio Enric Prat de la Riba al mejor trabajo de investigación sobre derecho local

24/07/2015
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La Diputación de Barcelona y la EAPC, en ocasión de la conmemoración del centenario de la Mancomunidad de Cataluña, convocan el premio Enric Prat de la Riba al mejor trabajo de investigación inédito sobre cualquier aspecto del derecho local.

Bases de la convocatoria

1. Objeto

La Diputación de Barcelona y la EAPC, en ocasión de la conmemoración del centenario de la Mancomunidad de Cataluña, acuerdan otorgar en 2015 el premio Enric Prat de la Riba al mejor trabajo de investigación inédito sobre cualquier aspecto del derecho local.

2. Beneficiarios

2.1 Pueden optar a este premio el profesorado universitario, el alumnado universitario de posgrado y los doctorandos que estén vinculados por contrato o por matrícula a cualquiera de las universidades públicas catalanas y que hayan concluido su investigación durante 2014 o 2015.

2.2. Se puede optar a este premio en modalidad individual o formando parte de un equipo investigador. En este último caso, todos los miembros del equipo deben reunir el criterio de participación expuesto en el párrafo anterior.

3. Premio

Se otorga un único premio de 6.000 euros. La EAPC, en coordinación con la Diputación de Barcelona, puede realizar su publicación, presentación y difusión.

En el caso de los trabajos colectivos, la persona galardonada debe ser el investigador o investigadora responsable.

4. Entidad colaboradora

La AGAUR es la entidad colaboradora de la EAPC en esta convocatoria de acuerdo con el artículo 91.c) Vínculo a legislación del Decreto legislativo 3/2002, de 24 de diciembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de finanzas públicas de Cataluña.

5. Solicitudes y documentación

5.1 Las solicitudes deben presentarse telemáticamente a través del web http://www.gencat.cat/agaur y en formato papel en el registro de la AGAUR (paseo de Lluís Companys, 23, 08010 Barcelona) sin perjuicio de lo que establece el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

5.2 El impreso normalizado de solicitud está a disposición de las personas interesadas en las dependencias de la AGAUR (paseo de Lluís Companys, 23, 08010 Barcelona) y en su web, http://www.gencat.cat/agaur, en las dependencias centrales de la EAPC (calle Girona, 20, 08010 Barcelona) y en su web, http://www.eapc.cat, y en Trámites gencat, http://web.gencat.cat/ca/tramits.

5.3 A la solicitud debe adjuntarse la documentación siguiente, de acuerdo con el impreso normalizado:

a) Un currículum breve del investigador o investigadora o miembros del equipo en el caso de que el trabajo sea colectivo.

b) Un escrito de presentación del trabajo de investigación que incluya una síntesis de los objetivos y una valoración de las aportaciones principales (300 palabras).

c) Un ejemplar del trabajo en soporte electrónico.

d) Una declaración responsable, firmada por el investigador o investigadora principal, sobre el estado de edición del trabajo: que es inédito y no está ni en proceso ni bajo compromiso de edición.

5.4 Sólo se admite un trabajo por autor o autora. No obstante, un autor o autora puede presentar un trabajo a título individual y constar como colaborador o colaboradora en un trabajo en grupo que se haya presentado al premio siempre y cuando no sea el investigador o investigadora responsable de él.

5.5 El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC.

5.6 La presentación de la solicitud supone el conocimiento y la aceptación de las normas que la regulan.

6. Rectificación de defectos u omisiones en la documentación

En caso que la documentación presentada sea incorrecta o incompleta, debe requerirse a la persona solicitante para que en el plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al del requerimiento subsane lo que sea necesario.

7. Evaluación de los trabajos

Los trabajos se evalúan en dos fases y cada trabajo puede recibir una puntuación máxima de 100 puntos.

7.1 En una primera fase, cada trabajo es evaluado por dos personas expertas, de acuerdo con el procedimiento de evaluación de la AGAUR y su reglamento de evaluación. En esta fase se pueden otorgar hasta 70 puntos de acuerdo con los criterios y puntuaciones siguientes:

a) La excelencia por lo que respecta a la metodología de trabajo y la presentación de resultados (hasta 50 puntos).

b) El impacto que pueda tener en la disciplina del derecho local y la originalidad del planteamiento (hasta 20 puntos).

Para superar la primera fase, hay que alcanzar una puntuación mínima de 45 puntos.

7.2 En una segunda fase, los trabajos son evaluados por una comisión de selección formada por 6 expertos, 3 de los cuales a propuesta de la Diputación de Barcelona y los otros 3 a propuesta de la EAPC, uno de los cuales actúa como secretario o secretaria, de acuerdo con los criterios y las puntuaciones siguientes:

a) El interés y la relevancia del tema, y el enfoque de la investigación en relación con el derecho local (hasta 15 puntos).

b) El grado de aplicabilidad que pueda tener en la mejora de la Administración local (hasta 15 puntos).

Debe extenderse el acta de las dos fases de evaluación, en la que se detallarán las solicitudes ordenadas por puntuación.

7.3 El premio puede quedar desierto en alguna de las circunstancias siguientes:

-Si se presentan tres candidatos o menos.

-Si en la primera fase ninguno de los candidatos supera los 45 puntos de valoración.

-Si en la segunda fase la comisión de selección no considera que ninguno de los trabajos tenga la calidad suficiente.

8. Resolución y pago

La resolución del premio corresponde a la directora de la EAPC, de acuerdo con la propuesta de la comisión de selección, y debe publicarse en el DOGC en un plazo no superior a los seis meses desde la publicación de la convocatoria.

El pago debe tramitarlo la EAPC una vez publicada la resolución de otorgamiento.

9. Recursos

Contra la Resolución de la directora de la EAPC, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante la consejera de Gobernación y Relaciones Institucionales en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el DOGC, de acuerdo con lo que dispone el artículo 107 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992.

10. Cesión de la documentación aportada

El hecho de aceptar el premio comporta que la persona galardonada cede en exclusiva y gratuitamente a la EAPC y a la Diputación de Barcelona los derechos de publicación o coedición con la Diputación de Barcelona del trabajo en catalán y en soporte físico o electrónico. La EAPC y la Diputación de Barcelona pierden este derecho si no editan la publicación en el plazo de un año a contar a partir de la fecha de otorgamiento del premio.

La EAPC publica los trabajos bajo una licencia Creative Commons 3.0.

11. Tratamiento de datos de carácter personal

De acuerdo con la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre Vínculo a legislación, de protección de datos de carácter personal (LOPD), los datos de carácter personal de los solicitantes serán tratados con la finalidad de gestionar y tramitar esta convocatoria de acuerdo con los principios de seguridad y confidencialidad que establece la normativa sobre protección de datos.

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