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El Supremo confirma multa de 3,7 millones a Sara Lee por pactar envases de gel más pequeños al mismo precio

15/07/2015
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Anula las multas a Puig (2,4 millones) y Colgate (2 millones)

MADRID, 14 (EUROPA PRESS)

La Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la multa de 3,7 millones impuesta por la antigua Comisión Nacional de la Competencia al fabricante Sara Lee (actualmente Dowe Egberts Finance Spain) por promover junto con otras compañías una política comercial consistente en reducir el tamaño de los envases de gel de baño y ducha manteniendo el precio de los mismos.

Además, el alto tribunal ha anulado en sendas sentencias las multas impuestas a las otras empresas (Puig, que había sido multada con 2,4 millones, y Colgate, que lo fue con 2 millones).

En el caso de Puig, estima su recurso y considera caducado el expediente sancionador incoado, y en relación a Colgate, rechaza el recurso del abogado del Estado contra la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló la multa al no considerar acreditado que esta compañía participase en la formación del cártel.

Una cuarta empresa, Henkel Ibérica, se benefició de una exención total de la sanción en virtud del programa de clemencia previsto en la Ley.

Con estas tres sentencias, el Supremo revisa la resolución de la extinta CNC, de 21 de enero de 2010, que impuso multas por importe total de 8,1 millones de euros a las tres empresas al considerar que habían formado un cártel para llevar a cabo una política comercial común, basada en reducir el tamaño de los envases de gel de baño y ducha manteniendo el premio de los mismos.

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