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Implementación del Sistema de Garantía Juvenil

13/07/2015
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Acuerdo de 7 de julio de 2015, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba la implementación del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía (BOJA de 10 de julio de 2015). Texto completo.

ACUERDO DE 7 DE JULIO DE 2015, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE APRUEBA LA IMPLEMENTACIÓN DEL SISTEMA DE GARANTÍA JUVENIL EN ANDALUCÍA.

El efecto de la crisis económica sobre el empleo ha tenido especial incidencia en la juventud europea. El mercado laboral en la Unión Europea (UE) ha evolucionado de forma dramática en los últimos años, particularmente en lo que se refiere a la población joven, siendo su tasa de desempleo el doble que la del conjunto de la población activa. 5,5 millones de personas jóvenes europeas se encuentran en situación de desempleo. Además, 7,5 millones de personas jóvenes se encuentran actualmente en una situación en la que ni están trabajando ni están estudiando o recibiendo formación. Dichas personas jóvenes constituyen un colectivo compuesto por grupos heterogéneos con distintas necesidades.

Las principales instituciones de la Unión Europea y sus Estados miembros han venido adoptando una serie de decisiones dirigidas a hacer frente a las consecuencias que la grave recesión económica ha tenido sobre el mercado de trabajo y la destrucción de empleo. El 28 de febrero de 2013, el Consejo de Ministros de Empleo, Asuntos Sociales y Consumo acordó el establecimiento de una Garantía Juvenil, adoptada formalmente por Acuerdo del Consejo el 22 de abril de 2013 (Recomendación del Consejo sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil, 2013/C 120/01).

El Sistema Nacional de Garantía Juvenil nace, por tanto, como respuesta a las recomendaciones de la Unión Europea encaminadas a reducir las alarmantes cifras de desempleo juvenil, y sus nocivas repercusiones económicas y sociales, en el marco de la Estrategia Europea 2020 (Europa 2020) y de la Estrategia Europea de Empleo, la iniciativa “Juventud en Movimiento”.

La Recomendación del Consejo Europeo define la Garantía Juvenil como un objetivo de política activa de empleo consistente en que los Estados miembros “velen porque jóvenes menores de 25 años reciban una buena oferta de empleo, educación continua, formación de aprendiz o periodo de prácticas en un plazo de cuatro meses tras quedar desempleados o acabar la educación formal”.

La Recomendación señala igualmente la importancia de considerar cuestiones tales como el hecho de que el colectivo joven no constituye un grupo homogéneo con entornos sociales similares, el principio de obligatoriedad mutua (es necesario el compromiso del joven para lograr su activación, no basta por sí solo con el impulso del servicio público de empleo) y la necesidad de abordar el riesgo de los ciclos de inactividad, entendidos éstos como aquellos momentos en los cuales la juventud no realiza ninguna actividad formativa o laboral, estando por tanto más expuesta a la exclusión social.

España, a través del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, presentó el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España en diciembre de 2013. Dicho Plan adopta con literalidad la definición de Garantía Juvenil propuesta en la Recomendación del Consejo. Como particularidad, no obstante, destaca que la aplicación en España tiene un marcado carácter autonómico y local, debido a la descentralización de las políticas activas de empleo.

De acuerdo con el Plan Nacional, y atendiendo al carácter autonómico de la aplicación de la Garantía Juvenil, la Junta de Andalucía debe desarrollar su propio Sistema para la implantación de la Garantía Juvenil conforme a las particularidades y necesidades propias de Andalucía.

En este sentido, y de cara a adaptar el Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil a Andalucía, se propone la puesta en marcha de un sistema propio que atienda a la heterogeneidad de la juventud andaluza y a las particularidades regionales y territoriales.

Para ello, se adopta un enfoque basado en cuatro ejes de intervención que vertebran el Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía: coordinación y asociación, prevención y atención temprana, orientación a resultados y evaluación continua.

Para el diseño del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía se ha adoptado un enfoque integrador y participativo, por medio de la recogida de información sistematizada de los distintos servicios de la Administración de la Junta de Andalucía responsables de ofrecer servicios o programas que afecten a personas jóvenes con edades comprendidas entre 16 y 24 años. Asimismo, el Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía se ha nutrido con las aportaciones realizadas por diferentes actores claves durante el proceso de consulta inicial dirigido a entidades sin ánimo de lucro especializadas en el trabajo con colectivos juveniles.

El Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía se ha enriquecido con los trabajos realizados en el marco del proceso de gobernanza para el diseño del Programa Operativo de FSE para Andalucía 2014-2020, bajo el objetivo temático 8 (“Promover la sostenibilidad y la calidad en el empleo y favorecer la movilidad laboral”), promovido por la Dirección General de Fondos Europeos y en el que el Servicio Andaluz de Empleo ha colaborado activamente, liderando y coordinando, tanto el diseño como las medidas para la implementación del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía.

Siguiendo la Recomendación Europea, la implantación del Sistema de Garantía Juvenil de Andalucía se erige sobre el principio de colaboración entre las Administraciones Públicas para el eficaz ejercicio de las competencias de cada una de ellas, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. A estos efectos, el Servicio Andaluz de Empleo, como organismo gestor de las políticas de empleo en Andalucía, coordinará los procesos de diseño y puesta en marcha del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo, Empresa y Comercio, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.13 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 7 de julio de 2015,

ACUERDA

Primero. Aprobación.

1. Se aprueba la puesta en marcha del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía, en el marco de actuación del Plan Nacional de Implantación de la Garantía Juvenil en España, en cumplimiento de la Recomendación del Consejo Europeo el 22 de abril de 2013, sobre el establecimiento de la Garantía Juvenil.

2. El Servicio Andaluz de Empleo coordinará la implementación del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía, para lo cual actuará como interlocutor, tanto con otras Administraciones Públicas como con los diversos órganos administrativos de la Administración de la Junta de Andalucía, sus entidades instrumentales, agentes sociales y entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la Comunidad. Asimismo, promoverá la colaboración de las entidades públicas y/o privadas que pueden contribuir a la atención de las personas jóvenes andaluzas.

Segundo. Comité de Seguimiento del Sistema de Garantía Juvenil.

1. Se constituirá un Comité de Seguimiento del Sistema de Garantía Juvenil, como órgano responsable de la implementación y seguimiento del Sistema de Garantía en Andalucía, que estará integrado por representantes de las Consejerías de la Junta de Andalucía implicadas en la atención de las personas jóvenes, de los agentes económicos y sociales más representativos y de la Asociación de Municipios y Provincias de carácter autonómico de mayor implantación en Andalucía.

El Comité de Seguimiento será presidido por la persona titular de la Presidencia del Servicio Andaluz de Empleo.

2. Su composición, funciones y régimen de funcionamiento se determinará por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de empleo.

Tercero. Habilitación.

Se faculta a las personas titulares de las Consejerías implicadas en la puesta en marcha y ejecución del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía para, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del mismo.

Cuarto. Difusión.

Se informará a las personas destinatarias, a los actores políticos y a la sociedad en general, sobre la implantación y las medidas del Sistema de Garantía Juvenil en Andalucía.

Quinto. Efectos.

El presente Acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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