Diario del Derecho. Edición de 19/04/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 09/07/2015
 
 

TS

El Supremo confirma los 23 años de prisión para los gemelos que mataron a una azafata a la que querían robar el coche

09/07/2015
Compartir: 

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 23 años de prisión y tres meses de cárcel para los gemelos que acabaron con la vida de una azafata de Iberia en las inmediaciones del aeropuerto 'Adolfo Suárez-Madrid Barajas' en septiembre de 2012.

MADRID, 8 (EUROPA PRESS)

Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que desestima el recurso de casación interpuesto por los hermanos contra la sentencia de la Audiencia de Madrid. Los recurrentes también fueron condenados por tres delitos de robo con violencia y un delito de lesiones

Los hechos se produjeron cuando, a la altura del número 416 de la avenida de la Albufera, a bordo de un vehículo Seat León, previamente sustraído, golpearon leve e intencionadamente contra la parte trasera del vehículo Porsche Cayenne, que conducía la víctima.

El impacto provocó que la mujer detuviera su vehículo unos metros más adelante, en el margen derecho de la rotonda, donde bajó de su automóvil para comprobar los daños sufridos, deteniendo Moisés el vehículo SEAT León inmediatamente detrás del vehículo Porsche Cayenne cuya sustracción habían decidido de común acuerdo ejecutar ambos procesados.

Aarón salió al exterior y se colocó junto a la conductora entre ambos vehículos, mientras simulaba estar comprobando los daños que habían ocasionado al vehículo Porsche, momento en que al dirigirse hacia la puerta delantera izquierda del mismo para introducirse en su interior, se inició un fuerte y violento forcejeo entre ambos.

Una vez que Aaron consiguió ocupar el asiento efectuó una maniobra y atropelló a la mujer, lo que le ocasionó un politraumatismo especialmente severo en hemitórax izquierdo con extrema hemorragia que provocó su muerte inmediata.

La sentencia establece que, aunque solamente uno de los hermanos conducía el vehículo, la jurisprudencia considera que "el previo concierto para llevar a término un delito de robo con violencia o intimidación que no excluya a priori todo riesgo para la vida o para la integridad corporal de las personas, responsabiliza a todos los partícipes directos del robo con cuya ocasión se causa una muerte o unas lesiones, aunque sólo alguno o algunos de ellos sean autores o ejecutores de semejantes resultados personales".

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

  1. Actualidad: El nuevo modelo de Registro Civil impulsado por Justicia alcanza ya al 50% de la población
  2. Actualidad: La AN condena al excomisario de Barajas a 5 años de cárcel por dar un trato VIP en el aeropuerto a cambio de regalos
  3. Estudios y Comentarios: Confederal y federal; por Francisco Sosa Wagner, catedrático universitario
  4. Estudios y Comentarios: Una casa sin cimientos; por Consuelo Madrigal Martínez-Pereda, Académica de Número de la Real Academia de Jurisprudencia y Legislación de España
  5. Tribunal Supremo: En caso de tortura la acreditación de los hechos alegados debe valerse del criterio de la prueba más allá de toda duda razonable
  6. Actualidad: Félix Bolaños sitúa la digitalización en el centro de la modernización histórica de la Justicia
  7. Libros: BLANCO LÓPEZ, M.ª Ángeles: Música y Derecho. La educación musical como medio de integración social y su evolución histórica hacia la configuración de un nuevo Derecho, Iustel, 334 Páginas
  8. Actualidad: El Supremo hace responsable a la banca de restituir anticipos con letras de cambio en la compra de viviendas
  9. Tribunal Supremo: La cesión del coche de empresa no está sujeta al IVA, aunque la empresa se haya deducido parte del Impuesto soportado por la adquisición del vehículo mediante renting
  10. Tribunal Constitucional: El Pleno del Tribunal Constitucional por unanimidad desestima el Recurso de Inconstitucionalidad del PP y confirma que el País Vasco y Navarra tienen competencia para gestionar el ingreso mínimo vital

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana