Diario del Derecho. Edición de 27/03/2024
  • Diario del Derecho en formato RSS
  • ISSN 2254-1438
  • EDICIÓN DE 08/07/2015
 
 

AN

De la Mata rechaza imputar por terrorismo a Netanyahu por el ataque a la Flotilla de la Libertad

08/07/2015
Compartir: 

De la Mata considera "comprensible" el "insoportable sentimiento de frustración" que pueden sentir las víctimas

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha rechazado imputar por delitos de terrorismo al primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y otros seis altos cargos de su Gobierno por el ataque a la denominada 'Flotilla de la Libertad', que provocó el 31 de mayo de 2010 la muerte de nueve personas de nacionalidad turca y heridas a otras 38.

Así consta en un auto en el que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 rechaza un recurso de reforma presentado por la asociación Cultura, Paz y Solidaridad Haydée Santamaría, personada como acusación popular en esta causa, y confirma el sobreseimiento de las actuaciones en tanto que los querellados no pisen suelo español.

El juez recuerda que desde el inicio de la investigación la calificación jurídica que se ha dado a estos hechos por todas las partes, incluidos los querellantes, fue la de delitos de lesa humanidad y contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado.

En este punto, apunta que, tras la última reforma de la justicia universal, la Audiencia Nacional no es competente para perseguir estos delitos porque "guste o no" deben existir "vínculos de conexión relevantes "para que la jurisdicción española pueda conocer de los hechos cometidos por españoles o extranjeros fuera del territorio nacional.

De la Mata también recuerda que esta calificación jurídica fue refrendada por el Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, cuando lo calificó como crímenes de guerra previstos en el IV Convenio de Ginebra, y por la Fiscalía del Tribunal Penal Internacional (TPI).

"INSOPORTABLE SENTIMIENTO DE FRUSTRACIÓN"

No obstante, el juez califica de "comprensible" el "insoportable sentimiento de frustración" que pueden sentir las víctimas y añade que la decisión del legislador es "discutible", por lo que se puede sostener que la interpretación jurisdiccional de la norma legal es "demasiado restrictiva".

Del mismo modo, hace suya la posición de la Fiscalía para señalar que el Tribunal Constitucional puede pronunciarse sobre esta interpretación cuando "los límites legales establecidos por la norma orgánica o la interpretación jurisprudencial puedan ser tan rígidos que impidan o dificulten sobremanera el acceso a la jurisdicción y, sobre todo, a la tutela judicial efectiva".

La acusación popular solicitaba en su recurso que el juzgado siguiera investigando los hechos, al entender que la reforma de la justicia universal entra en contradicción con tratados internacionales como la IV Convención de Ginebra. Además, los recurrentes argumentaban que la reciente sentencia del Tribunal Supremo sobre el denominado 'caso Tíbet' "no constituye jurisprudencia ni puede, por tanto, tener fuerza vinculante".

Citando al juez Santiago Pedraz para apuntar que a los jueces no les corresponde suplir al legislador, De la Mata señala que esta sentencia fija una doctrina jurisprudencial que por razones temporales obvias "no es constante y reiterada" aunque "no puede ni debe desconocerse su vocación (por otra parte explicitada de modo expreso en su texto) de fijar un canon interpretativo claro y estable sobre el alcance de estos preceptos, que ahora debe ser respetado y aplicado".

AVISO A LA POLICÍA

En junio pasado el magistrado pidió a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado que le comunicaran la presencia en territorio español de los querellados si se produjera, al tiempo que remitió la causa al Ministerio de Justicia por si considera pertinente iniciar los mecanismos contemplados en la Ley de Cooperación con el TPI para que este organismo inicie una investigación.

El procedimiento fue abierto por el juez Pablo Ruz, a partir de una querella presentada por tres activistas españoles que viajaban en la Flotilla por delitos de lesa humanidad, detención ilegal, deportación y tortura y delito contra las personas y bienes protegidos en caso de conflicto armado en un contexto de crímenes de guerra.

Además de contra Netanyahu, los activistas Manuel Tapial, Laura Arau y David Segarra pedían la imputación de los entonces ministros de Defensa, Ehud Barak; Asuntos Exteriores, Avigdor Lieberman; Asuntos Estratégicos, Moshe Yaalon; Interior, Eli Yishai; el ministro sin cartera Benny Begin, y el vicealmirante al mando de la operación, Eliezer 'Chiney' Maron.

Noticias Relacionadas

Comentarios

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contraseña:

 

Si desea registrase en www.iustel.com y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en www.iustel.com.

  • Iustel no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Revista El Cronista:

Revista El Cronista del Estado Social y Democrático de Derecho

Lo más leído:

Secciones:

Boletines Oficiales:

 

© PORTALDERECHO 2001-2024

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana