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Comercialización de productos agrícolas

03/07/2015
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Orden de 29 de junio de 2015, por la que se modifica la de 6 de mayo de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la transformación y comercialización de productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para 2014 (BOJA de 2 de julio de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JUNIO DE 2015, POR LA QUE SE MODIFICA LA DE 6 DE MAYO DE 2014, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA LA TRANSFORMACIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE ANDALUCÍA 2007-2013, Y EFECTÚA SU CONVOCATORIA PARA 2014.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00072612.

El 14 de mayo de 2014 se publicó en el BOJA la Orden de 6 de mayo de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la transformación y comercialización de productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para 2014.

El 3 de noviembre de 2014 se publicó en el BOJA el Anuncio de 22 de octubre de 2014 de la Dirección General de Calidad, Industrias Agroalimentarias y Producción Ecológica, por el que se da publicidad al aumento sobrevenido en el crédito disponible para la concesión de las ayudas reguladas en la Orden citada, por un importe de 6.896.527,91 euros.

Asimismo, el 6 de abril de 2015, mediante Anuncio de 20 de marzo de 2015, se publicó un nuevo aumento del crédito disponible para esta convocatoria de ayudas, incrementándose en esta ocasión en 12.154.458,29 euros más.

El apartado 5.e) del Cuadro Resumen de la Orden dispone, respecto del plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables, que éstos se realizarán con anterioridad al 31 de mayo de 2015.

Sin embargo, los dos aumentos de créditos sobrevenidos publicados en BOJA han dilatado la resolución de la convocatoria, dificultando la posibilidad de que todos los beneficiarios finalicen las inversiones antes de la fecha prevista en las bases reguladoras. Por consiguiente, es necesario modificar la Orden en este sentido, a fin de permitir la ejecución de las inversiones y posterior justificación de las mismas.

La presente Orden, se dicta de conformidad con el artículo 48 de la Ley Orgánica 2/2007, de 18 de marzo, de Reforma del Estatuto de Andalucía, que atribuye a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general, y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38 Vínculo a legislación, 131 Vínculo a legislación y 149 Vínculo a legislación de la Constitución, en materia de agricultura, ganadería, pesca, aprovechamiento agroforestal, desarrollo rural y denominaciones de origen de calidad.

El artículo 48 del Estatuto de Autonomía, Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo Vínculo a legislación, de Reforma del Estatuto de Autonomía de Andalucía, atribuye a la Comunidad Autónoma de Andalucía la competencia exclusiva en materia general y en los términos de lo dispuesto en los artículos 38 Vínculo a legislación, 131 Vínculo a legislación y 149 Vínculo a legislación de la Constitución.

Por otra parte, el Decreto 141/2013, de 1 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, establece en su artículo 1 que corresponden a esta Consejería las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria y de desarrollo rural.

En su virtud, a propuesta del Secretario General de Agricultura y Alimentación y en uso de las facultades que me confiere el artículo 118.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo Vínculo a legislación, y por el artículo 44.2 Vínculo a legislación de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden de 6 de mayo de 2014.

La Orden de 6 de mayo de 2014, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la transformación y comercialización de productos agrícolas, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013, y efectúa su convocatoria para 2014, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. El primer apartado 5.e) del Cuadro Resumen queda redactado del siguiente modo:

“5.e) Plazo dentro del que deben haberse realizado los gastos subvencionables:

Las inversiones subvencionables se realizarán como máximo hasta el 31 de julio de 2015.”

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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