PALMA DE MALLORCA, 1 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de este modo la demanda interpuesta por la Diócesis, al introducir el decreto la materia de valores éticos como alternativa a la religión.
El tribunal asevera en sus razonamientos jurídicos que hay "motivos suficientes que avalan la urgencia de la suspensión" que contempla el artículo 135 de la Ley 29/1998.
Los magistrados dan asimismo tres días a la Administración demandada para que alegue lo que estime conveniente sobre la medida interesada y se pronuncie sobre la conveniencia de levantar, mantener o modificar la decisión adoptada.
Tal y como expuso el Govern al aprobar el Decreto, esta nueva configuración curricular supone un incremento en la autonomía de las administraciones educativas y de los centros, que pueden decidir las opciones y vías en que se especializan y fijar la oferta de asignaturas de los bloques de asignaturas específicas y de libre configuración autonómica, en el marco de la programación de las enseñanzas que establezca cada administración educativa.
La implantación estaba prevista para el primer curso en 2015-2016 y en el segundo curso en 2016-2017.