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TSJC

El TSJC sentencia que los cursos de formación del SOC no deben impartirse sólo en catalán

01/07/2015
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha determinado por mayoría que las acciones formativas para desempleados del Servei d'Ocupació de Cataluña (SOC) no deben impartirse sólo en catalán.

BARCELONA, 30 (EUROPA PRESS)

La sentencia, consultada por Europa Press, da respuesta a un recurso presentado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social contra la convocatoria en 2012 de subvenciones para los cursos de formación a parados del SOC, que establecía que deben impartirse en catalán y con material didáctico de apoyo que esté "al menos" en catalán.

La sentencia incluye el voto particular de la magistrada Montserrat Figuera, que discrepa de la sentencia argumentando que esto no impide que los profesores se dirijan a los alumnos en castellano, y considera que el material didáctico puede estar también en castellano al usarse el término "al menos".

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