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  • EDICIÓN DE 03/06/2015
 
 

Plan de Gestión de la ZEC Sierras de Gádor y Énix

03/06/2015
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Orden de 11 de mayo de 2015, por la que se aprueban el Plan de Gestión de la ZEC Sierras de Gádor y Énix (ES6110008), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra del Alto de Almagro (ES6110011), el Plan de Gestión de la ZEC Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra Líjar (ES6120013), el Plan de Gestión de las ZEC Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), Guadalmellato (ES6130006) y Guadiato-Bembézar (ES6130007), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Loja (ES6140008), el Plan de Gestión de la ZEC Sierras Bermeja y Real (ES6170010), Sierra Blanca (ES6170011) y Valle del Río Genal (ES6170016), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Camarolos (ES6170012) y el Plan de Gestión de la ZEC Sierra Blanquilla (ES6170032) (BOJA de 2 de junio de 2015). Texto completo.

ORDEN DE 11 DE MAYO DE 2015, POR LA QUE SE APRUEBAN EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRAS DE GÁDOR Y ÉNIX (ES6110008), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRA DEL ALTO DE ALMAGRO (ES6110011), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRAS ALMAGRERA, DE LOS PINOS Y EL AGUILÓN (ES6110012), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRA LÍJAR (ES6120013), EL PLAN DE GESTIÓN DE LAS ZEC SUROESTE DE LA SIERRA DE CARDEÑA Y MONTORO (ES6130005), GUADALMELLATO (ES6130006) Y GUADIATO-BEMBÉZAR (ES6130007), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRA DE LOJA (ES6140008), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRAS BERMEJA Y REAL (ES6170010), SIERRA BLANCA (ES6170011) Y VALLE DEL RÍO GENAL (ES6170016), EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRA DE CAMAROLOS (ES6170012) Y EL PLAN DE GESTIÓN DE LA ZEC SIERRA BLANQUILLA (ES6170032).

De conformidad con las competencias medioambientales que ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Autonomía de Andalucía, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.d, Vínculo a legislación de la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección, y en los artículos 42.3 Vínculo a legislación y 44 Vínculo a legislación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, normas que incorporan al derecho interno lo establecido en la Directiva 92/43/CEE, de 21 de mayo Vínculo a legislación de 1992, en materia de declaración de Zonas Especiales de Conservación (en adelante ZEC), se han declarado, mediante el Decreto 110/2015, de 17 de marzo, las ZEC Sierras de Gádor y Énix (ES6110008), Sierra del Alto de Almagro (ES6110011), Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012), Sierra Líjar (ES6120013), Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), Guadalmellato (ES6130006), Guadiato-Bembézar (ES6130007), Sierra de Loja (ES6140008), Sierras Bermeja y Real (ES6170010), Sierra Blanca (ES6170011), Valle del Río Genal (ES6170016), Sierra de Camarolos (ES6170012) y Sierra Blanquilla (ES6170032).

Los planes de gestión constituyen elementos centrales del régimen de protección y gestión y medidas de conservación de dichas ZEC, declaradas en el Decreto antes citado.

Según el artículo 4 del mencionado Decreto, los planes de gestión relativos a las ZEC contendrán una caracterización general de la ZEC, la identificación de las prioridades de conservación, un análisis de las presiones y amenazas, los objetivos, las medidas de conservación y el sistema de evaluación.

Por otro lado, la Disposición Final Primera habilita a la Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio para dictar las disposiciones de aprobación de los planes de gestión y cuantas otras disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el Decreto mencionado.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 142/2013, de 1 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, corresponde a esta Consejería el ejercicio, entre otras, de las competencias medioambientales que ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de lo dispuesto en el artículo 57 del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Dentro de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, es la Dirección General de Espacios Naturales y Participación Ciudadana a la que le corresponde la propuesta de declaración de espacios naturales protegidos, así como llevar a cabo la elaboración, tramitación, seguimiento y evaluación de los instrumentos de gestión de la Red Natura 2000 (artículo 11.b) Vínculo a legislación e i), respectivamente, del Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio).

El Plan de Gestión de la ZEC Sierras de Gádor y Énix (ES6110008), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra del Alto de Almagro (ES6110011), el Plan de Gestión de la ZEC Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra Líjar (ES6120013), el Plan de Gestión de las ZEC Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), Guadalmellato (ES6130006) y Guadiato-Bembézar (ES6130007), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Loja (ES6140008), el Plan de Gestión de las ZEC Sierras Bermeja y Real (ES6170010), Sierra Blanca (ES6170011) y Valle del Río Genal (ES6170016), el Plan de Gestión de la ZEC Sierra de Camarolos (ES6170012) y el Plan de Gestión de la ZEC Sierra Blanquilla (ES6170032) han sido redactados conforme a los contenidos anteriormente expresados.

En cuanto al procedimiento seguido, teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 45 Vínculo a legislación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, y de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 142/2013, de 1 de octubre Vínculo a legislación, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, la presente Orden ha sido elaborada por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, informada por los Consejos Provinciales de Medio Ambiente y de la Biodiversidad de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada y Málaga, el Comité de Acciones para el Desarrollo Sostenible, el Consejo Andaluz de Concertación Local, el Consejo Andaluz de Gobiernos Locales y otros centros directivos en razón de su competencia, sometida a los trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados, incluidas las Corporaciones Locales, y de las asociaciones que persiguen el logro de los principios establecidos en el artículo 2 Vínculo a legislación de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre. Cumplidos los demás trámites previstos en la Ley,

DISPONGO

Primero. Aprobación.

Se aprueban los Planes de Gestión que figuran en los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y IX relativos a las ZEC Sierras de Gádor y Énix (ES6110008), Sierra del Alto de Almagro (ES6110011), Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012), Sierra Líjar (ES6120013), Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), Guadalmellato (ES6130006), Guadiato-Bembézar (ES6130007), Sierra de Loja (ES6140008), Sierras Bermeja y Real (ES6170010), Sierra Blanca (ES6170011), Valle del Río Genal (ES6170016), Sierra de Camarolos (ES6170012) y Sierra Blanquilla (ES6170032), declaradas mediante Decreto 110/2015, de 17 de marzo.

Segundo. Publicación.

La presente Orden será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y los Anexos de la misma estarán disponibles en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, en la dirección http://www.juntadeandalucia.es/medioambiente/planesaprobados:

1. Anexo I. Plan de Gestión de las ZEC Sierras de Gádor y Énix (ES6110008).

2. Anexo II. Plan de Gestión de las ZEC Sierra del Alto Almagro (ES6110011).

3. Anexo III. Plan de Gestión de las ZEC Sierras Almagrera, de los Pinos y el Aguilón (ES6110012).

4. Anexo IV. Plan de Gestión de las ZEC Sierra Líjar (ES6120013).

5. Anexo V. Plan de Gestión de las ZEC Suroeste de la Sierra de Cardeña y Montoro (ES6130005), Guadalmellato (ES6130006) y Guadiato-Bembézar (ES6130007).

6. Anexo VI. Plan de Gestión de las ZEC Sierra de Loja (ES6140008).

7. Anexo VII. Plan de Gestión de las ZEC Sierras Bermeja y Real (ES6170010), Sierra Blanca (ES6170011) y Valle del Río Genal (ES6170016).

8. Anexo VIII. Plan de Gestión de las ZEC Sierra de Camarolos (ES6170012).

9. Anexo IX. Plan de Gestión de las ZEC Sierra Blanquilla (ES6170032).

Tercero. Efectos.

La presente Orden tendrá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Anexos

Omitidos.

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