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De Liberbank y Bankia

Tres sentencias obligan a devolver 300.000 euros a preferentistas cántabros

12/05/2015
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Tres nuevas sentencias han dado la razón a afectados por las participaciones preferentes en Cantabria, y han obligado a las entidades bancarias que comercializaron este producto de riesgo -Bankia y Liberbank, en estos casos- a devolver el importe suscrito a sus clientes, cercano a los 300.000 euros, según los fallos, a los que ha tenido acceso Europa Press.

SANTANDER, 10 May. (EUROPA PRESS) -

Una de estas sentencias es de la sección cuarta de la Audiencia Provincial, que desestima un recurso del banco en el que se integró la antigua Caja Cantabria y ratifica la resolución previa del Juzgado de Primera Instancia 7 de Santander (el 'juzgado de las preferentes'), que acordó la nulidad del contrato de adquisición rubricado en junio de 2006 y el posterior del canje voluntario de marzo de 2013, obligando a la demandada a devolver 80.000 euros a los demandantes.

Liberbank apeló la sentencia alegando que los afectados --un vendedor de coches y un ama de casa sin estudios superiores ni expertos en materia financiera-- conocían el producto, pues canjearon 20 títulos de preferentes en 2008. Sin embargo, la Audiencia razona que se trata de un producto complejo, de difícil comprensión para inexpertos en inversiones. Añade que, en este caso, el matrimonio -de perfil conservador- acudió a su sucursal de confianza, que ofreció el producto a la pareja sin que lo solicitara. Además, no consta información previa al contrato ni documentación firmada, y el empleado que vendió las preferentes reconoce que no informó a los clientes de los riesgos del producto, pues él mismo "creía que era otra cosa".

Asimismo, la magistrada concluye que canjear 20 títulos no acredita conocimiento ni consentimiento al contrato, sino que los afectados "quisieron retirar 20 títulos y el banco procedió a canjear 20 títulos". Apunta igualmente que Liberbank debió informar a sus clientes de que si la evolución del banco era negativa, dejarían de cobrar los intereses del producto contratado, contingencia que no se presentaba como "una remotísima posibilidad", sino que sucedió en un "breve" periodo de tiempo.

BANKIA

En la segunda de las sentencias, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Santander condena Bankia a devolver 52.000 euros a un cliente con estudios primarios y "nimia" implicación en el mercado laboral, y que estaba en paro cuando contrató las preferentes, en mayo de 2009. El dinero procedía de dos seguros que suscribió la madre del demandante, con la que vivió y a la que cuidó durante muchos años, dada la grave enfermedad que sufría y por la que murió en 2008.

Los empleados del banco proporcionaron al cliente "información falsa" sobre el producto, sin indicarle las consecuencias de la inversión, por lo que el hombre --que hasta entonces solo había tenido productos bancarios sin riesgo, como imposiciones a plazo fijo o cuentas de ahorro-- creyó que contrataba "un plazo fijo". Tampoco consta que le hicieran los test obligatorios, ni que le entregaran información sobre las preferentes o que firmara documentación al respecto.

En la tercera sentencia, el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander obliga, nuevamente a Bankia, a devolver 156.100 euros de preferentes a un matrimonio ahorrador de perfil conservador, carente de conocimientos financieros y sin interés en productos de riesgo, que al igual que en los dos casos anteriores ha sido defendido por el abogado Juanma Brun.

En mayo de 2009 la pareja formalizó con la entonces Caja Madrid la compra de más de mil títulos de preferentes, a los que se sumaron cerca de medio millar más en fechas posteriores. Todas las operaciones fueron recomendadas por un empleado de la entidad, que admitió que "contactaba telefónicamente con los clientes para darles a conocer el producto", y sin que los demandantes fueran conscientes del producto que adquirían ni de sus riesgos.

Así, les ofrecieron información "falsa y errónea", sin advertirles de que las preferentes entran dentro de los productos "complejos, de liquidez limitada, renta variable y alto riesgo de pérdida". Y aunque al hombre le realizaron un test que resultó 'conveniente' para adquirir los títulos, el mismo se basó en preguntas "genéricas y voluntaristas", sin que se examinaran "verdaderamente sus conocimientos".

Todas las sentencias condenan a devolver el dinero de las participaciones preferentes y a abonar el interés legal devengado desde la suscripción del producto.

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