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La AN rechaza que el FROB se persone como "perjudicado" por la fianza impuesta a la excúpula de la entidad

28/04/2015
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La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado la legitimación del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) para recurrir la fianza civil solidaria impuesta a Bankia, su matriz, el Banco Financiero y de Ahorros (BFA), y su antigua cúpula, al entender que su participación en ambas entidades no le dota de capacidad para representar sus intereses y además no ha sido "directamente afectada ni perjudicada" por la caución impuesta en la investigación sobre la fusión y salida a Bolsa del grupo financiero.

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)

Así consta en el auto dictado por los magistrados Alfonso Guevara, Antonio Díaz Delgado, Ángeles Barreiro, Clara Bayarri y Fermín Echarri en el que desestima el recurso presentado por el organismo regulador contra la fianza de 800 millones fijada por el juez Fernando Andreu, que posteriormente rebajaron a 34 millones de euros al estimar parcialmente las peticiones de la Fiscalía Anticorrupción, Bankia, BFA, el expresidente de la entidad Rodrigo Rato, el exvicepresidente José Luis Olivas, el antiguo consejero delegado Francisco Verdú y el ex secretario de Estado de Hacienda José Manuel Fernández Norniella.

El auto, hecho público este lunes, explica que solo están legitimados para recurrir las resoluciones judiciales aquellas partes que hayan sufrido un "perjuicio o gravamen" y precisa que "no toda afectación de carácter negativo o desfavorable merecerá necesariamente la condición de perjuicio a los efectos de reconocer su legitimación para recurrir".

En este sentido, los jueces explican que la resolución de Andreu no impuso ninguna fianza al FROB y que, en consecuencia, "dicha entidad no ha sido directamente afectada ni perjudicada por la resolución que combate" al solicitar la revocación o la limitación en cuantía de la fianza fijada en concepto de responsabilidad civil.

Los magistrados señalan que la participación del organismo en ambas entidades "no le dota de legitimidad para asumir la representación de sus intereses" ya que son "personas jurídicas con personalidad jurídica propia y separada" en virtud de la Ley de Sociedades de Capital de 2010.

La Sección Tercera evita resolver sobre la expulsión del FROB solicitada por UPyD y una acusación particular por cuanto plantearon esta solicitud a esta "instancia revisora", sin previo planteamiento al juez instructor.

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