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  • EDICIÓN DE 17/04/2015
 
 

Participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional

17/04/2015
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Orden EDU/289/2015, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo (BOCYL de 16 de abril de 2015). Texto completo.

ORDEN EDU/289/2015, DE 7 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN EDU/1727/2009, DE 18 DE AGOSTO, POR LA QUE SE REGULA LA PARTICIPACIÓN DEL PROFESORADO DE ESPECIALIDADES VINCULADAS A LA FORMACIÓN PROFESIONAL EN EL PROGRAMA DE ESTANCIAS Y FORMACIÓN EN EMPRESAS COFINANCIADO POR EL FONDO SOCIAL EUROPEO.

El Acuerdo 22/2014, de 30 de enero Vínculo a legislación, de la Junta de Castilla y León, por el que se aprueban las medidas para la reforma de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, insta en su anexo, en concreto en el apartado III. B.3. “Potenciar la teletramitación de los procedimientos administrativos”, a incorporar procedimientos al sistema de presentación y registro de la solicitud por vía telemática, con el fin de ampliar las posibilidades de los ciudadanos de relacionarse con esta Administración desde cualquier punto, en cualquier momento y evitando los desplazamientos a las dependencias administrativa.

Por todo ello, se hace necesario modificar la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo, con el fin de permitir a los ciudadanos la posibilidad de presentar las solicitudes, así como toda la documentación adjunta, por medios electrónicos.

En su virtud, y en atención a las facultades conferidas por la Ley 3/2001, de 3 de julio Vínculo a legislación del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León,

DISPONGO

Artículo único. Modificación de la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo.

El artículo 7 de la Orden EDU/1727/2009, de 18 de agosto, por la que se regula la participación del profesorado de especialidades vinculadas a la Formación Profesional en el Programa de Estancias y Formación en Empresas cofinanciado por el Fondo Social Europeo, queda redactado en los siguientes términos:

“1. La solicitud ira dirigida al Consejero de Educación, conforme al Anexo II que estará disponible en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León (http://www.educa.jcyl.es).

La solicitud, junto con la documentación que la acompaña, se podrá presentar por alguno de los medios siguientes:

a) Presencialmente. Preferentemente en el Registro de la Consejería de Educación o en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

b) De forma electrónica. A estos efectos, los solicitantes deberán disponer de DNI electrónico o cualquier certificado electrónico que haya sido previamente reconocido por esta Administración y sea compatible con los diferentes elementos habilitantes y plataformas tecnológicas corporativas.

Las entidades prestadoras del servicio al que se refiere el párrafo anterior reconocidas por la Junta de Castilla y León, figuran en una relación actualizada publicada en la web de la Junta de Castilla y León

Los solicitantes que dispongan de los medios indicados podrán cursar sus solicitudes, junto con el resto de la documentación que se digitalizará y aportará como archivos anexos a la solicitud, a través del Registro Electrónico de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, sin perjuicio de la posibilidad de requerir al particular la exhibición del documento o información original, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35.2 Vínculo a legislación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.

Las solicitudes así presentadas producirán los mismos efectos jurídicos que las formuladas de acuerdo con el artículo 38.4 Vínculo a legislación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. El registro electrónico emitirá resguardo acreditativo de la presentación, consistente en una copia autentica de la solicitud que incluye la fecha, hora y número de entrada de registro, así como un resumen acreditativo tanto de la presentación de la solicitud como de los documentos que, en su caso, acompañen a la misma.

Esta copia estará configurada de forma que pueda ser impresa o archivada por el interesado, garantizando la identidad del registro y teniendo valor de recibo de presentación. La falta de recepción del mensaje de confirmación o, en su caso, la aparición de mensaje de error o deficiencia de transmisión implicará que no se ha producido la recepción correctamente, debiendo realizarse la presentación en otro momento o utilizando otros medios disponibles.

2. Se podrá presentar una solicitud en cada curso académico.

3. A la solicitud se deberá acompañar la siguiente documentación:

a) Horario de obligado cumplimiento en el centro, con el V.º B.º del director del centro educativo o jefe de personal correspondiente, que incluya las materias o módulos que imparte o vaya a impartir.

b) Cuando el período de realización previsto para la estancia del profesorado en la empresa sea coincidente con períodos lectivos del alumnado, se incluirá un informe del director del centro, con el V.º B.º del Área de Inspección Educativa, en el que conste el compromiso del centro de garantizar que la estancia formativa no influirá en el desarrollo normal de las actividades docentes.

c) Proyecto concertado con la empresa, conforme al Anexo III.

d) Certificado con los datos de la empresa seleccionada para la realización de la estancia formativa, en el que haga constar la disponibilidad y su compromiso para la admisión de la persona solicitante, conforme al Anexo IV.

e) Compromiso de confidencialidad, conforme al Anexo V.

f) En el supuesto previsto en el artículo 3.3 a) se presentará justificante que acredite esta circunstancia, emitido por la Cámara Oficial de Comercio e Industria, conforme al Anexo VI.

g) En el supuesto previsto en el artículo 3.3 Vínculo a legislación b) se presentará certificado de empadronamiento, que acredite la localidad de residencia del solicitante, salvo que en la solicitud se preste consentimiento expreso para la obtención directa de dichos datos por la Administración de la Comunidad de Castilla y León, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 23/2009, de 26 de marzo, de medidas relativas a la simplificación documental en los procedimientos administrativos.

h) En el supuesto previsto en el artículo 3.4 referente a estancias en empresas ubicadas en otras Comunidades Autónomas que colabora en proyectos de innovación con el centro educativo de destino del solicitante, se presentará copia del documento que acredite la colaboración entre el centro y la empresa.

i) En el supuesto previsto en el artículo 4.5 se presentará escrito de la empresa en el que se haga constar la imposibilidad de desarrollar la estancia durante un mínimo de 6 horas al día.

4. Todos los documentos indicados estarán disponibles en sede electrónica de la Administración de la Comunidad de Castilla y León (https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es) y en el Portal de Educación de la Junta de Castilla y León “

DISPOSICIÓN FINAL

Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial de Castilla y León”.

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